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La nueva justicia
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3. Encubridores
• Cuando, teniendo conocimiento de la comisión de un delito o de un crimen o de los actos ejecutados para llevarlo a cabo, sin haber tenido participación en él como autores ni como cómplices, intervienen, con posterioridad a su ejecución:

• Aprovechándose o facilitando a os delincuentes medios para que se aprovechen de los efectos del crimen o delito.
• Ocultando o inutilizando el cuerpo, los efectos o instrumentos del crimen o simple delito para impedir su descubrimiento.
• Albergando, ocultando o proporcionando la fuga del culpable.
• Acogiendo, receptando o protegiendo habitualmente a los delincuentes, sabiendo que los son, aun sin conocimiento de los crímenes o delitos determinados que hayan cometido, o facilitándoles los medios para que se reúnan u oculten sus armas o efectos, o suministrándoles auxilios o noticias para que se guarden, sean precavidos o se salven.

Si eres detenido e imputado por un delito, tus derechos y garantías son:

1.- El detenido tiene derecho a conocer el motivo de su detención y a ver la orden de detención, salvo que sea sorprendido in fraganti cometiendo un delito.

2.- El detenido tiene derecho a ser informado de manera específica y clara, acerca de los hechos que se le imputan y los derechos que le otorgan la Constitución y las leyes.

3.- El detenido tiene derecho a guardar silencio y no puede ser obligado a declarar.

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