| 3. Encubridores
• Cuando, teniendo conocimiento de la comisión de un
delito o de un crimen o de los actos ejecutados para llevarlo a
cabo, sin haber tenido participación en él como autores
ni como cómplices, intervienen, con posterioridad a su ejecución:
• Aprovechándose o facilitando a os
delincuentes medios para que se aprovechen de los efectos del crimen
o delito.
• Ocultando o inutilizando el cuerpo, los efectos o instrumentos
del crimen o simple delito para impedir su descubrimiento.
• Albergando, ocultando o proporcionando la fuga del culpable.
• Acogiendo, receptando o protegiendo habitualmente a los
delincuentes, sabiendo que los son, aun sin conocimiento de los
crímenes o delitos determinados que hayan cometido, o facilitándoles
los medios para que se reúnan u oculten sus armas o efectos,
o suministrándoles auxilios o noticias para que se guarden,
sean precavidos o se salven.
Si eres detenido e imputado por un delito,
tus derechos y garantías son:
1.- El detenido tiene derecho a conocer el motivo
de su detención y a ver la orden de detención, salvo
que sea sorprendido in fraganti cometiendo un delito.
2.- El detenido tiene derecho a ser informado de
manera específica y clara, acerca de los hechos que se le
imputan y los derechos que le otorgan la Constitución y las
leyes.
3.- El detenido tiene derecho a guardar silencio
y no puede ser obligado a declarar. |