GUÍA DE SERVICIOS

Cotizaciones impagas:
Fin a la laguna previsional

* Ya están operando los nuevos tribunales de cobranza judicial. Sepa cómo acudir en caso de necesitarlos.

El ex empleador de Alan Acevedo le debe cotizaciones previsionales desde enero de 2005. Y aunque dice que dio aviso a su AFP, no ha conseguido que se las enteren. Allí le informaron que la cobranza está entregada a un estudio de abogados y que sigue en trámite judicial. A este afiliado no le queda otra que esperar que la empresa aludida pague.

Este caso cae dentro del antiguo proceso para cobrar cotizaciones previsionales obligatorias no pagadas, pero distinta sería la situación si el problema hubiera ocurrido después de marzo de este año, cuando comenzaron a funcionar los nuevos juzgados de cobranza judicial en materia laboral y previsional (Santiago, San Miguel, Valparaíso y Concepción) con un total de 9 jueces especializados en el tema. Donde no los hay, operan el tribunal laboral más cercano.

Como explica la subsecretaria de Previsión Social, Lissette García, ahora el afectado puede acudir directamente a esta instancia para presentar su reclamación, en forma presencial o vía internet, sin necesidad de un abogado. Como requisito, debe acompañar los documentos que acrediten o prueben la relación laboral, como el contrato y las liquidaciones de sueldo. El magistrado actúa de oficio, sin necesidad de querella ni demanda.

Si el juez se da cuenta de que hay razones fundadas para darle la razón al trabajador, puede retener la devolución del impuesto a la renta del empleador, en su siguiente declaración, para garantizar los montos adeudados.

Otra modificación que destaca es que también el sindicato de la empresa acusada de no pagar las cotizaciones previsionales puede representar a uno o más afectados ante el tribunal.

"Antes de la reforma los procesos demoraban uno, dos y hasta tres años. Pero ahora esperamos que no tarden más de seis meses", asegura la subsecretaria. Por eso, esperan hacer la primera evaluación del funcionamiento de los nuevos tribunales cuando haya pasado un semestre desde que comenzaron a operar en marzo.

Para evitar sorpresas como la de nuestro lector, recomienda a los trabajadores estar atentos a sus cotizaciones mensuales, fijándose que no sólo aparezcan descontadas en la liquidación mensual, sino que también sean pagadas en la respectiva AFP o el sistema previsional que corresponda.

Su cumplimiento se puede consultar en las páginas web de esas instituciones, como también en las de las superintendencias del ramo. "Esto es lo mismo que tener una cuenta corriente. Uno debe estar activo y revisar sus cartolas, para no tener que llegar a este procedimiento", afirma Lissette García.

El Mercurio, miércoles 19 de julio de 2006

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