Yerko Puchento, personaje del actor Daniel Alcaíno.
Canal 13
SANTIAGO.- "Nosotros no querríamos y yo creo que nadie en Chile querría caducar una concesión televisiva", dijo el presidente del Consejo Nacional de Televisión (CNTV), Óscar Reyes, al explicar los pasos a seguir tras la denuncia por discriminación de Cecilia Pérez contra Yerko Puchento.
Si bien Reyes debe estar en lo correcto en su aseveración sobre la improbabilidad de que alguien quiera que se apliquen las máximas sanciones a una estación televisiva por emitir contenidos inadecuados, la ex vocera de gobierno busca que el CNTV aplique una de las más estrictas, pues además de solicitar el pago de una multa, espera que Canal 13 no pueda transmitir su programación durante siete días.
Pérez ha dado a conocer públicamente su descontento contra las últimas dos rutinas del personaje de Daniel Alcaíno, debido a que en sus rutinas, asegura, el actor le ha discriminado al compararla físicamente con "La Monga" de Fantasilandia. Es por eso que decidió presentar su denuncia.
Reyes, por su parte, declinó a hablar de esta denuncia en específico, explicando que es uno de los consejeros que podrían llegar a investigar este caso si supera el análisis del equipo profesional del CNTV. "No puedo hablar de un contenido que está siendo analizado, porque soy incumbente. Si yo decidiera hablar de ese contenido, yo tendría que inhabilitarme", dijo.
La pregunta ahora es, ¿cuáles son las condiciones que debería haber para que el CNTV suspenda a Canal 13?
Denuncia
Se debe presentar una denuncia —vía web o en persona— dentro de 10 días hábiles tras la emisión del programa con todas las coordenadas de la transmisión: canal, fecha y hora. De este modo el CNTV puede supervisar y fiscalizar ese contenido que fue emitido.
Como el programa "Vértigo" se emitió el jueves 4, por lo tanto, se cumplió con este punto. Ahora, se debe esperar que se procese la denuncia y conocer la resolución del CNTV al respecto.
Análisis de la denuncia
Luego de estos 10 días hábiles, un grupo de profesionales del departamento de supervisión y fiscalización conformado por sicólogos, sociólogos, antropólogos, periodistas y comunicadores audiovisuales, entre otros, hacen un análisis del contenido y entrega un informe al Consejo.
Ese informe es revisado por los once consejeros del CNTV, quienes determinan si se le hacen cargos a la estación (no se pueden aplicar a los programas, sino que sólo a la televisora).
Posibles descargos del canal y resolución del CNTV
Tras tomar la definición sobre los cargos, el CNTV envía al canal la decisión y éste tiene 5 días hábiles para presentar sus descargos. Luego, el ente estatal decide si acoge o rechaza dichos descargos.
Sanciones
En caso de que el CNTV decida continuar el proceso y aplicar una sanción, las hay distintos tipos. En caso de ser multa en dinero, los montos se definen según la Ley 20.750, artículo 33 y dependen de la gravedad de la infracción.
Amonestación: Es un llamado de atención verbal o escrito.
Multa: es una multa no menor a 20 y no mayor a 200 UTM para concesionarias televisivas regionales o comunitarias. En el caso de Canal 13, por ser de carácter nacional, la cifra puede ser de 1.000 UTM.
Multa por reincidencia: el monto a pagar llega a las 2.000 UTM.
Las multas se pueden apelar frente a la Corte de Apelaciones.
Suspensión de transmisiones
Es posible que una estación se vea impedida de emitir su programación por un máximo de 7 días en caso de infracción grave y reiterada. Esto jamás ha ocurrido. En caso de que se dictaminara, se puede apelar ante la Corte Suprema.
En cuanto a la denuncia en específico de Pérez, es poco probable que en esta oportunidad consiga llegar a esta instancia, debido a que sólo se da en casos de infracción reiterada. Si bien se ha hablado de la ex ministra de Sebastián Piñera en más de una oportunidad, no se han formulado cargos en cada ocasión ni tampoco se han cursado multas por reincidencia.
Caducidad de la concesión
En el caso de que una estación sea sancionada en varias oportunidades con la suspensión de sus emisiones, se puede caducar definitivamente su concesión. Este caso es apelable ante la Corte Suprema.