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Tsunami: Tribunal suspende proceso contra acusados a pesar del rechazo de las víctimas

La jueza Carolina Gajardo aceptó el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y las defensas para optar a una salida alternativa al juicio oral. El trato incluye el pago total de $245 millones.

07 de Abril de 2016 | 13:05 | Por Andrea González Schmessane, Emol
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La ex directora de la Onemi, Carmen Fernández, deberá pagar $40 millones en total.

El Mercurio (Archivo)
SANTIAGO.- El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago suspendió este jueves el proceso penal que pesaba sobre los seis acusados del denominado caso Tsunami, a quienes la Fiscalía Metropolitana Occidente atribuyó responsabilidad en la fallida alerta de maremoto ocurrida tras el megasismo que azotó la zona centro sur del país la madrugada del 27 de febrero de 2010.

Ello, luego de aceptar el acuerdo alcanzado entre el Ministerio Público y las defensas de los imputados, que incluye el pago total de $245 millones, la realización de un seminario de Protección Civil y una declaración pública donde se explique el rol que tuvo cada uno tras la tragedia que dejó 104 personas fallecidas.

De esta manera, los acusados podrán ser sobreseídos definitivamente en el plazo de 18 meses en caso de cumplirse todas las condiciones establecidas en el trato.

Si se confirma el fallo -que será revisado por la Corte de Apelaciones-, entonces el ex subsecretario de Interior, Patricio Rosende, deberá pagar $75 millones a las víctimas y $5 millones que serán utilizados para financiar el curso.

La ex directora de la Onemi, Carmen Fernández, y los marinos del SHOA Mariano Rojas, Andrés Enríquez y Mario Andina, deberán desembolsar la mitad, es decir, $39 millones para los afectados y $1 para el seminario, mientras que el ex jefe del Centro de Alerta Temprana del organismo, Johaziel Jamett, solo tendrá que pagar $5 millones, de los cuales $4 millones serán destinados a los querellantes y el millón de pesos restante, para el seminario.

La resolución de la jueza Carolina Gajardo fue dictada a pesar del rechazo de los querellantes, quienes se opusieron a cualquier salida alternativa al juicio oral, razón por la cual apelarán al dictamen con la intención de revocar el fallo.
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