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Querella de Luksic contra diputado Rivas podría llegar a la Corte Suprema

Los abogados Eduardo Riquelme y Sergio Rodríguez Oro coinciden en que de no mediar una decisión en las cortes de Apelaciones, es la máxima instancia la que debe decidir. Pero hay voces disidentes.

13 de Mayo de 2016 | 16:49 | Por Francisco Águila V., Emol
SANTIAGO.- A la Corte Suprema podría llegar el caso de la querella por injurias con publicidad que interpuso el empresario Andrónico Luksic en contra del diputado Gaspar Rivas, luego de que los tribunales de Garantía de Valparaíso y Octavo de Santiago se declararan incompetentes para revisar la causa.

Al menos eso estiman dos expertos abogados consultados por Emol acerca de las consecuencias de esta resolución y los pasos que debería seguir la acción judicial para que sea conocida por un tribunal.

Para Eduardo Riquelme –querellante en el caso Caval-, "lo que se produce acá es un problema de competencia y que tiene que ser resuelto por los tribunales que tienen el conflicto. En caso de que sea un distinto superior jerárquico, tendría que resolver el que primero conoció, el que pretende conocer o en definitiva la Corte Suprema".

Según explica, "cuando no resulta claro qué tribunal tiene que conocer de una determinada materia es resuelta por los tribunales superiores de Justicia".

En ese sentido, a su juicio, "lo que correspondería es que el abogado querellante gestione ante los tribunales superiores de justicia la determinación de cuál de los dos tribunales tiene que conocer".

Por su parte el abogado Sergio Rodríguez Oro –que defiende al desaforado senador Jaime Orpis y participa en el caso Penta- "es relativamente frecuente que los tribunales se declaren incompetentes e incluso que se trabe una contienda de competencia".

Rodríguez Oro señala que "hay una norma especial de resolver las contiendas cuando son tribunales distintos los competentes en que podría llegar a la Corte Suprema".

Voz disidente


Dentro de la amplia gama de abogados de la plaza no todos piensan igual o coinciden en sus estimaciones.

Uno de ellos es el conocido penalista y concejal por Santiago, Alfredo Morgado -caso Tsunami-, quien cree que el caso debiera ser zanjado sólo por la Corte de Apelaciones de Santiago.

"Yo difiero en cuanto a que, en caso de trabarse competencia por parte del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, se deberán elevar los antecedentes a la ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, la que deberá resolver en única instancia", señala.

Según explica si bien se trata de tribunales que tienen superiores jerárquicos diversos, en los hechos la querella inicial se presentó en el tribunal capitalino, "en consecuencia es en esta jurisdicción en que se previno en el conocimiento del asunto, razón por la cual es ese superior jerárquico el que tiene que resolver. A mi juicio es la Corte de Apelaciones de Santiago la que debe dirimir esta contienda".

"Inexcusabilidad"


Los tres profesionales coinciden en que lo que no puede ocurrir es que la querella quede en nada, pues algún tribunal tiene que conocer el caso.

"Los tribunales se rigen por la norma de 'inexcusabilidad', o sea que la materia alguien tiene que verla sí o sí. No pueden buscar excusas o argumentaciones para conocer una materia que la ley les ha entregado a su conocimiento", aclara Riquelme.

El experto añade que en ese sentido "la víctima tiene derecho a que la Justicia conozca este asunto y tome una decisión respecto del planteamiento que él está haciendo, porque fue víctima de un delito, ya sea para ratificarlo o negarlo".

En tanto, Sergio Rodríguez explica que en ese sentido los representantes del empresario "pueden hacerse parte e instar que se radique en el tribunal que ellos estimen que es competente. Lo tribunales no pueden excusarse de conocer del hecho".

Fuero parlamentario


Tras los rechazos de los tribunales, en especial el de Valparaíso, muchos se preguntaron por qué no se indaga el caso en esa ciudad si uno de los primeros lugares en que el diputado Rivas insultó a Luksic fue en el Congreso Nacional.

Al respecto, el abogado José Luis Andrés -caso Kurt Martinson- explica que lo anterior se dio en el marco del denominado fuero parlamentario.

“Los dichos de los congresales que están dentro del hemiciclo gozan de fuero parlamentario, es decir que no tienen responsabilidad penal por lo que allí profieren”, sostiene.

El profesional agrega que es esa la razón por la que el tribunal de Garantía de Valparaíso, no toma en consideración dichos insultos que además fueron transmitidos por los medios de comunicación y sólo toma en cuenta las agresiones verbales realizadas fuera del parlamento, lo que explica que se haya declarado incompetente en el caso.
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