Fotografía sólo referencias de propaganda electoral.
El Mercurio / Archivo
SANTIAGO.- A partir de este viernes 20 de mayo y hasta el 16 de junio, regirá el periodo oficial de propaganda electoral para las primarias municipales del próximo 19 de junio, según confirmaron desde el Servicio Electoral (Servel).
Asimismo, del organismo señalaron que esto aplica sólo para los candidatos que ya están en el registro especial de candidaturas, siendo hasta el momento sólo
los postulantes de Chile Vamos.
Mientras que los aspirantes de la Nueva Mayoría aún deben completar el proceso, luego que ayer se publicaran las candidaturas aceptadas y rechazadas del bloque. Además, quienes se encuentran en este última categoría, desde ayer tienen un plazo de cinco días para reclamar ante los tribunales electorales correspondientes.
Tras la promulgación de la Ley de Fortalecimiento y Transparencia a la Democracia este año, se redefinió el concepto de propaganda electoral, entendiéndose por ésta "como todo evento o manifestación pública y la publicidad radial, escrita, en imágenes, en soportes audiovisuales u otros medios análogos, que promueva a una o más personas o partidos políticos constituidos o en formación, con fines electorales".
Asimismo, se agrega que "no se entenderá como propaganda electoral la difusión de ideas o de información sobre actos políticos realizados por personas naturales. Tampoco lo serán aquellas actividades que las autoridades públicas realicen en el ejercicio de su cargo, ni aquellas actividades habituales no electorales propias del funcionamiento de los partidos políticos constituidos o en formación".
Entre los cambios que implica la normativa, está el entregar al Servel la facultad de autorizar los espacios públicos en que podrá instalarse la propaganda -como también el máximo de elementos permitidos por cada candidato y partido-, y la cual no puede superar los dos metros cuadrados
(Revisa aquí los lugares permitidos).
Además, se podrán efectuar propaganda los activistas o brigadistas en la vía pública, "mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen la candidatura o impliquen la entrega de material impreso u otro tipo de objetos informativos".
Espacios privados
En lo que respecta a espacios privados, estará permitida la propaganda con autorización escrita previa comunicada al Servel y siempre que no supere los seis metros cuadrados totales.
El iniciativa legal "prohíbe realizar propaganda electoral en bienes de propiedad privada destinados a servicios públicos o localizados en bienes de uso público, tales como vehículos de transporte de pasajeros, paradas de transporte público, estaciones de ferrocarriles o de metro, o postes del alumbrado, del tendido eléctrico, telefónicos, de televisión u otros de similar naturaleza".
Si bien no se le dan facultades al servicio para retirar la propaganda ilegal, de acuerdo a información publicada en su portal Web, se le otorga la acción para requerir al alcalde respectivo el retiro de los elementos de propaganda que contravengan esta ley.
Por otra parte, se establece que será los candidatos, los jefes de campaña o quienes están a cargo de coordinar las labores de sus brigadistas, deberán denunciar toda falta o delito cometido por éstos.
En la página Web del servel, además se podrá encontrar el
informe tarifario de propaganda electoral en medios de prensa y radioemisoras y una pauta sobre la valorización de la propaganda electoral en espacios privados, entre otros documentos.