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Ley de Alimentos: Sepa todo lo que ya no pueden comer los escolares desde hoy en los colegios

Ayer empezó a regir la nueva normativa que prohíbe la venta de "comida chatarra" al interior de los establecimientos educacionales.

28 de Junio de 2016 | 08:44 | Por Natacha Ramírez, Emol
SANTIAGO.- El "disco pare" negro en los envases de los productos es la medida más visible de la nueva Ley de Alimentos –que comenzó a regir este lunes en el país–. Pero la normativa también incluye nuevas reglas al interior de los colegios, donde a partir de ahora queda prohibido vender y promocionar "comida chatarra".

Como se trata de un cambio tan drástico, surgen dudas sobre su aplicación. ¿Sólo incluye los productos envasados que se venden en los kioscos o también los alimentos que se comercializan para reunir fondos, como queques y completos? ¿Y qué pasa con las empanadas y otros productos que se expenden en las "peñas" de Fiestas Patrias?

Según explica la Dra. Lorena Rodríguez, jefa del Departamento de Nutrición y Alimentos del Ministerio de Salud, la prohibición de venta es para todos los alimentos que superen los límites permitidos en azúcar, calorías, sodio o grasas saturadas, envasados como no envasados, que se vendan por cualquier vía al interior de los establecimientos.

En el caso de los productos envasados, no se pueden vender aquellos que tengan al menos un "disco pare", mientras que en el caso de los que no lo están, basta con que uno de sus componentes sea "alto en" para que no se pueda comercializar.

Anticuchos sí, completos no


Eso deja fuera de los productos permitidos, por ejemplo, a los completos, ya que la vienesa es alta en grasas saturadas, a lo que se podría agregar la mayonesa. En cambio, si se trata de un anticucho, como es carne asada y verduras, sí se podría vender. En el caso de las tradicionales empanadas, si ésta tiene los ingredientes usuales (harina, aceituna, carne) podría distribuirse, pero si se le adicionó manteca, por ser alta en grasa, pasaría al grupo de los no permitidos.

La Dra. Rodríguez aclara además que los productos "chatarra" no se pueden comercializar por ninguna vía al interior de los colegios. Eso incluye, desde luego, a los kioscos, que deben dejar de vender golosinas, y ofrecer alimentos saludables, como frutas, lácteos, frutos secos, jugos de frutas y huevos duros, entre otros, además de productos envasados que no tengan sello negro.

Pero la prohibición también abarca las ventas que realicen los alumnos y apoderados en los recreos para reunir fondos para el paseo de curso, las "peñas" y "kermeses" de Fiestas Patrias, los bingos, fiestas y otros eventos que se realicen al interior del colegio.

Pese a ello, la funcionaria del Minsal explica que las fiscalizaciones que realicen no se centrarán en estos últimos casos, que son poco frecuentes, sino que en aquellos alimentos que los escolares consumen diariamente en los recreos, ya que son los que más impactan en la salud de los menores. Por eso, los kioscos serán los principales focos de fiscalización.

De todas formas, afirma que la idea es que, más allá de la fiscalización, la comunidad escolar tome consciencia de los beneficios que conlleva la alimentación saludable y termine modificando sus hábitos de alimentación, tal como ocurrió con la Ley del Tabaco.

Las sanciones para quienes no cumplan la norma


La nueva normativa de alimentos rige para los establecimientos educacionales de enseñanza preescolar, básica y media, tanto municipales como particulares. Sólo quedan fuera las instituciones de educación superior.

Además de prohibirse la venta de productos poco saludables, en esos lugares tampoco está permitido hacer publicidad a ese tipo de alimentos.

Para velar por que la ley se cumpla, funcionarios de las seremis de Salud realizarán fiscalizaciones en los distintos establecimientos. En caso de detectarse incumplimientos, se determinarán sanciones, que pueden ir desde una amonestación hasta el cierre del local de comida.

Las amonestaciones pueden ser tanto para el administrador del kiosco como para el director o el sostenedor del colegio que autorizó su funcionamiento, dependiendo del caso.
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