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Fiscalía insistirá en prisión preventiva para dueños de Rodríguez y Asociados imputados por estafas

Mañana, la Corte de Apelaciones de Santiago resolverá si confirma el fallo que dejó con arresto domiciliario total a los hermanos Carlos (37) y Claudio (45) Rodríguez Flores u ordena su ingreso a la cárcel.

12 de Julio de 2016 | 13:05 | Por Andrea González Schmessane, Emol
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Carlos (37) y Claudio (45) Rodríguez Flores fueron formalizados por estafas reiteradas, lavado de activos, infracción a la Ley General de Bancos e Infracción a la Ley de Mercado de Valores.

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SANTIAGO.- La Fiscalía de Delitos de Alta Complejidad Oriente insistirá mañana ante la Corte de Apelaciones de Santiago en que la única medida cautelar acorde a la gravedad de los hechos y a la reiteración de las estafas presuntamente cometidas por los dueños de la empresa de inversiones Rodríguez y Asociados, Carlos (37) y Claudio (45) Rodríguez Flores, es la prisión preventiva.

Ello, tras apelar al fallo del 4° Juzgado de Garantía de Santiago que la semana pasada rechazó la pretensión del Ministerio Público por estimar que el arresto domiciliario total igualmente aseguraba los fines del procedimiento.

En la instancia, el fiscal Carlos Gajardo expondrá ante el tribunal de alzada una serie de antecedentes que -a su juicio- dan cuenta que los ejecutivos habrían logrado recaudar un total de $19.588.000.000 millones entre los años 2009 y 2016, a través de estafas piramidales.

De acuerdo a la investigación de la Fiscalía, ambos empresarios se concertaron para captar clientes ofreciendo asesorías financieras y de inversiones, las cuales no eran realizadas por la empresa.

Para ello, solicitaban una inversión mínima de $50 millones, los cuales podían ser entregados en un plazo de seis meses.

Para acreditar la veracidad de las inversiones y la seriedad de la firma, los hermanos Rodríguez exhibían a sus clientes fichas bancarias falsas con el comportamiento de la empresa, mencionando además, que contaban con un comité de Ética y Cumplimiento con el objeto de prevenir delitos, de acuerdo a lo solicitado por la Superintendencia de Valores y Seguros.

Todo ello, para fundamentar ganancias entre 0,3 y 2,1% mensual.

Sin embargo, dichas ganancias eran inexistentes ya que el retorno parcial de los dineros eran utilidades falsas y solo era parte de fondos aportados por otras víctimas.

Todos estos hechos, a juicio del Ministerio Público, corresponden a delitos de estafas reiteradas, lavado de activos, infracción a la Ley General de Bancos e Infracción a la Ley de Mercado de Valores.

El tribunal de garantía, sin embargo, descartó que existan antecedentes que demuestren, en esta etapa procesal, la existencia de antecedentes que tengan relación con lavado de activos, a argumentando que no se aprecian acciones tendientes a disimular el origen ilícito de dineros.