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Servel excluye Plaza Italia y reloj de flores de Viña del Mar como espacios para propaganda

El servicio informó de casi 3.000 sitios en los que se podrán desplegar carteles y anuncios de candidatos a alcalde y concejal en las 345 comunas del país. Por primera vez existe la prohibición de instalar carteles en lugares emblemáticos.

20 de Septiembre de 2016 | 07:01 | Emol
SANTIAGO.- De cumplirse la ley, postales de la Plaza Italia en Santiago o el reloj de flores en Viña del Mar no deberían volver a repetirse, como ocurrió en 2012. Ese año se realizaron las anteriores elecciones municipales y ambos sitios lucían prácticamente cubiertos por carteles de candidatos a alcalde y concejales.

Automovilistas y expertos reclamaron por el riesgo que significaba reducir el campo visual al conducir, mientras que vecinos se quejaron por la falta de estética que impregnaban los letreros y las palomas con los que se pedía el voto.

"Al definir los espacios autorizados para la propaganda uno de los criterios utilizados fue excluir aquellos en los que se podía afectar la seguridad vial y de tránsito por ser lugares de alta congestión o que constituyen lugares típicos o emblemáticos en nuestras comunas", confirmó el presidente del consejo directivo del Servel, Patricio Santamaría según consigna "El Mercurio".

Siguiendo con el ejemplo de Plaza Italia -lugar de conmemoraciones, de celebración de triunfos deportivos y electorales-, los postulantes de Providencia deberán ubicar su propaganda en la costanera Andrés Bello, mientras que los de Santiago lo harán en calle Merced; es decir, en diagonal al monumento a Manuel Baquedano.

Rayado de muros


Por primera vez en una elección, además, el rayado de muros con el llamado a votar será ilegal. Así lo establecieron las modificaciones introducidas a la Ley 18.700, las que se estrenarán en los comicios municipales del próximo 23 de octubre.

En su reemplazo, el Servicio Electoral (Servel) autorizó 2.896 espacios públicos en todo Chile para que los candidatos promuevan sus campañas. En total son 13.587 postulantes, entre aspirantes a alcaldes y a concejales. La disponibilidad de lugares implica que en regiones como Aysén se hayan definido más espacios que en Arica.

La norma establece que hasta el 20 de octubre se puede hacer uso de los lugares asignados, los que se dividen en dos: los que están cedidos a los partidos políticos, siendo ellos los que los distribuyen; y los que están destinados a postulantes previamente identificados.

"La selección de las plazas, parques u otros espacios públicos para desplegar propaganda electoral y la distribución entre las distintas candidaturas y partidos políticos la hará la respectiva dirección regional del Servicio Electoral mediante la dictación de la correspondiente resolución. Los espacios autorizados deberán asegurar el libre tránsito para la ciudadanía con el fin de no entorpecer el uso de estos espacios por la ciudadanía", señala la modificación introducida por la Ley 20.900 a la 18.700 referida a las votaciones populares y escrutinios.

Para Santamaría, "no ha sido una tarea fácil, ya que hemos tenido que hacerlo en todas las comunas. Hemos autorizado del orden de 2.896 lugares en todo el país. Esto se aplica por primera vez y esperamos que las candidaturas respeten la nuevas normas de campaña, que buscan tener campañas ordenadas, austeras y más limpias".

A través del acuerdo de cada concejo municipal se propusieron dichos lugares. Después de ser informados, el Servel decidió los sitios que cumplían con los criterios para ser elegibles como espacios para propaganda.

Según el presidente del Servel, la "tarea de las direcciones regionales y el equipo central del Servel ha sido titánica. Hemos cumplido con nuestra obligación de rayar la cancha. Ahora es responsabilidad de los candidatos, las candidatas y los partidos respetar la ley. Nosotros cumpliremos nuestra tarea de fiscalizar el cumplimiento de las normas, con la colaboración de la ciudadanía".

Sanciones


Para incentivar el cumplimiento de la norma, y evitar el uso de espacios prohibidos, el Servel aplicará sanciones. Los electores que así lo estimen, además, pueden hacer la acusación respectiva mediante el sistema integrado del Servicio Electoral, el que está disponible en su sitio en internet.

Dependiendo de la gravedad de la infracción, la multa por vulnerar este ítem podrá ser de 10 a 200 UTM; es decir, comienza en $45.000 y llega a un máximo de $9 millones aproximadamente.
La propaganda no autorizada en espacios privados también será castigada, según expresa la Ley 18.700.
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