Luz Chadwick y Verónica Méndez continuarán siendo investigadas.
Agencia Uno
SANTIAGO.- "Es claro para el tribunal que no es posible acceder a lo solicitado por la defensa y decretar el sobreseimiento de ambas. Se rechaza lo peticionado por la defensa".
Con esas palabras el juez del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, Roberto Gaona, rechazó la solicitud del abogado Julián López, quien pidió el sobreseimiento definitivo de las esposas de los controladores de Penta, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín, María de la Luz Chadwick y Verónica Méndez, respectivamente.
En su resolución el magistrado acogió los argumentos con que la Fiscalía Regional Metropolitana Oriente, enfrentó la tesis de la defensa de ambas mujeres, de que ellas no tenían conocimiento de lo que ocurría con sus talonarios de boletas, entregadas a la dirección del grupo económico.
Uno de los antecedentes en que el juez Gaona basó su resolución fue que si bien las boletas no tenían las mismas firmas de las imputadas, éstas sí presentaban el nombre completo y el Rol Único Nacional (RUT) de cada una de ellas.
"La utilización de las claves de la página Web del Servicio de Impuestos Internos (SII) se puede inferir que también las facilitaron para desarrollar estas actividades", sostuvo el juez.
El magistrado añadió que "si bien se incorporaron antecedentes, la defensa nunca pudo decir, en términos plausibles, en qué momento sus representadas pierden la pista de sus boletas, por lo que el tribunal infiere que participaron en la facilitación".
Asimismo, Gaona añadió que por el hecho de haber facilitado los talonarios a las secretarias de Délano y Lavín, "el tribunal debe inferir que no podían menos que saber que los datos de las boletas eran falsas y que las prestaciones nunca se hicieron. Aquí el tribunal comparte que hay a lo menos un dolo eventual (de Chadwick y Méndez)".
El magistrado también tomó en cuenta la participación de ambas mujeres en diversas empresas y sociedades.
"No estamos hablando de dos contribuyentes menores. Cuesta aquilatar estos antecedentes. Tampoco contamos con su declaración en la carpeta investigativa y no se conoce su versión", dijo el juez.
Posible pena
Tras la audiencia el fiscal regional Oriente, Manuel Guerra, dijo estar conforme con la resolución y descartó que exista una persecución personal hacia ellas.
"Estamos frente a hechos que son constitutivos de delito y en estos hechos les cabe participación culpable a las señoras Méndez y Chadwick. No hay en esto un actuar caprichoso de la Fiscalía. No hay un ánimo personal en contra de ellos, sino que aplicación objetiva de la Ley", manifestó el persecutor.
Consultado por la pena que arriesgan las esposas de los empresarios, Guerra explicó que la Ley señala una pena que oscila entre 541 días y los 3 años de presidio, pero que en el caso de ellas hay reiteración, lo que podría elevar en un grado la pena, llegando incluso a los cinco años de presidio.
En esa línea, sostuvo que no se cierran a la posibilidad de llegar a un procedimiento abreviado con las imputadas, -las que en caso de acceder deberían reconocer que cometieron un ilícito-, "pero es un tema que se verá más adelante".
Apelación
Por su parte el abogado defensor, Julián López, sostuvo que a su juicio esta formalización de la que fueron objetos más temprano Chadwick y Méndez, no es otra cosa que una "presión indebida" porque está a punto de cerrarse la investigación.
En ese sentido, insistió en que sus defendidas no tuvieron participación alguna en los hechos que se les imputa.
Sobre la resolución del juez Gaona, López, rechazó comentarla, pero anunció que presentará una apelación dentro de los próximos cinco días, "para que sea resuelta por el tribunal superior".
Consultado por un posible juicio abreviado, el abogado sostuvo que "en la medida de que impere la racionalidad, nosotros no descartamos ninguna salida".
"Nos parece que es sano que el sistema contemple salidas alternativas al juicio oral, pero nos parece también que no es sano que en el procedimiento abreviado se pretenda obtener más penas de las que establece la ley o que se acepten hechos que no se han cometidos y eso es lo que resulta determinante para que pueda o no haber una salida de ese tipo", sostuvo.