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Corte suspende por un mes a magistrado por acoso sexual a seis funcionarias

El juez titular del Tribunal Oral de Melipilla, Gustavo Campaña, negó las acusaciones de las trabajadoras del Juzgado de Garantía de Curacaví y aseguró que "hay contradicciones importantes".

20 de Febrero de 2017 | 07:15 | Emol
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El Mercurio (archivo)
SANTIAGO.- "Acciones reiteradas de contactos físicos excesivos, de abrazos, y besos cercanos en la región bucal no consentidos", fueron parte de las conductas que llevaron al pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago a sancionar al juez del Tribunal Oral de Melipilla, Gustavo Campaña González, por acoso sexual de seis funcionarias.

Esto luego de que la Corte Suprema enviara los antecedentes al tribunal de alzada para que revisara el caso, posterior a que la Corte de San Miguel no aplicara ninguna medida disciplinaria al magistrado.

El pleno, por mayoría, le aplicó una de las medidas disciplinarias más drásticas: la suspensión de sus funciones por un mes, con goce de medio sueldo, según consigna "El Mercurio".

De esta manera, los ministros le aumentaron a Campaña la sanción de censura por escrito que originalmente había propuesto el fiscal judicial Daniel Calvo, que instruyó el sumario administrativo.

Según la resolución de la Corte, durante diciembre de 2009 y hasta enero de 2013, el magistrado Campaña desarrolló estas conductas tanto en el Juzgado de Garantía de Curacaví, como en un restaurante de Bellavista, con ocasión de una convivencia de los jueces y funcionarios.

"Está acreditado que el juez iniciaba las acciones de hostigamiento utilizando el contacto físico propio del saludo aparentemente normal; sin embargo, luego de un saludo afectivo se descubría la verdadera dirección de su comportamiento, pasando de un acto consentido a otro no consentido por las funcionarias subordinadas, consistentes en abrazarlas y acariciarlas súbitamente de manera inapropiada. Esto es, rozándole sus senos, poniendo una mano en las nalgas, o piernas, o corriendo súbitamente el rostro, con el fin de intentar dar un beso lo más cercano a la boca de la ofendida", dice la resolución.

A juicio de la Corte, la gravedad de los actos en contra de las funcionarias judiciales radica en que los tipos de comportamiento indebido, antes descritos, "fueron cometidos, en general, en el ejercicio del cargo de juez, aprovechándose este de la superioridad jerárquica".

Los ministros Juan Manuel Muñoz, Javier Moya, Hernán Crisosto, Alejandro Madrid, Juan Antonio Poblete y Tomás Gray (suplente del ministro Mario Rojas) y Juan Opazo (suplente de Leopoldo Llanos) fueron del parecer de aprobar la propuesta del fiscal Calvo de censura por escrito, porque "ello resulta acorde con el mérito de la investigación y la entidad de los hechos que resultaron acreditados".

En materia penal, el juez Campaña fue formalizado en 2014 por abuso sexual de estas mismas seis funcionarias. Sin embargo, tras realizarse el juicio oral, el magistrado fue absuelto y se condenó al Ministerio Público a pagar las costas del juicio, por una suma de $47 millones.

El juez negó las acusaciones


Respecto de una acusación de haberle tocado la pierna y la mano a una funcionaria en un restaurante aclaró que no es efectivo, sino que por el contrario, "ella tomó su mano izquierda cuando le manifestó que tenía frío". Para el magistrado, este es un gesto "normal o típico de una persona de campo que toma la mano a otra para tomar la temperatura".

Según Campaña, "hay contradicciones importantes, basándose la imputación solo en las declaraciones de las funcionarias denunciantes, las que, a su juicio, son contradictorias y falsas; precisando que las denunciantes se refieren a hechos que supuestamente habían ocurrido en un espacio público, donde existen cámaras y en un contexto de trabajo a puertas abiertas".

Sin embargo, la Corte dice en el fallo "que terceros advirtieron directamente episodios de comportamientos indebidos" del magistrado. Y que las denunciantes "eran las personas más vulnerables al acoso, por tratarse de funcionarias mujeres que trabajaban en el tribunal bajo la autoridad jerárquica del juez sumariado y en un trato directo con él".
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