SANTIAGO.- "Los jueces no somos hinchas ni formamos parte de la barra de ningún equipo".
Las palabras son del presidente de la Asociación de Magistrados, Álvaro Flores y el vocero de la misma organización, Eduardo Gallardo, que en una carta a
El Mercurio se refieren al recurso de queja presentado en los últimos días por la fiscalía metropolitana oriente en contra de un juez que decidió reabrir el caso Penta y llamar a declarar a los fiscales del caso.
Lo anterior, bajo el argumento de que tanto Carlos Gajardo como Pablo Norambuena habrían ofrecido ventajas procesales a imputados a cambio de renunciar a su derecho a guardar silencio.
La acción judicial busca, por la vía disciplinaria, revertir una decisión jurisdiccional.
"No es del caso aquí levantar defensas corporativas o gremiales de la resolución adoptada por un colega. Los jueces no somos "hinchas" ni formamos parte de la barra de ningún equipo. Simplemente cumplimos con el rol esencial que nos es asignado: aplicar el derecho en el caso concreto, conforme el mérito de los antecedentes que allegan los intervinientes, con independencia a la hora de resolver las controversias suscitadas, que no es ni privilegio ni prerrogativa singular, gremial o colectiva de la judicatura", señalan los magistrados en su misiva.
En este sentido, explican que "la independencia personal del juez es una garantía fundamental pensada en favor de los ciudadanos, que tienen derecho a que sus conflictos jurídicos sean resueltos por un tercero imparcial que solo mira a la ley y a los hechos del caso y que no se encuentra sometido a ningún tipo de premio o amenaza que pueda interferir en su cometido. Derecho que -no está de más recordarlo- ampara por igual a justiciables pobres, ricos, vulnerables o poderosos".
Asimismo, los representantes de los jueces también que se quejan de la existencia de este recurso, del que señalan que su "particular configuración en el Código Orgánico de Tribunales chileno no existe prácticamente en ninguna democracia con un sistema judicial moderno a tono con un Estado de Derecho en forma".
"El recurso de queja chileno es un mecanismo de revisión mediante el cual una corte puede mantener o revertir la decisión impugnada, pudiendo, por otro lado, ejercer un control disciplinario sobre el juez que dictó la resolución impugnada, quien, incluso, puede ser objeto de una sanción que va más allá de la mera revocación de su decisión", explican.
En esta línea, añaden que "más allá de esta exótica configuración, el medio constituye una derivación del actual modelo organizacional del servicio judicial chileno, tributario de una estructura monárquica y pre-republicana en la cual la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones ejercen también las funciones de gobierno judicial, es decir, de 'jefatura del servicio', la cual se manifiesta a través de las más diversas áreas, como la calificación de los jueces "inferiores", una fuerte injerencia en sus carreras y, desde luego, su control disciplinario a través del recurso de queja".
"Recientemente, en comparecencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Asociación de Magistrados denunció este recurso como uno de los mecanismos que impiden la existencia de una organización de la magistratura que garantice su independencia. El informe del Estado chileno -basado en un informe de la Corte Suprema- no hizo más que corroborar la necesidad de su eliminación", revelan.
Por lo anterior, señalan, "creemos imprescindible, una vez más, insistir en la necesidad de reestructurar nuestro anquilosado modelo organizacional de la judicatura chilena, lo cual supone, entre otras cosas, la impostergable derogación del actual diseño del recurso de queja, que podrá ser muy funcional a una monarquía donde impera el "argumento de autoridad", pero claramente inútil y disfuncional en una república donde debe imperar la "autoridad del argumento".