Álvaro Durán, Las Últimas Noticias
SANTIAGO.- La Corte Suprema acogió este lunes la reclamación presentada por un ciudadano de origen jordano con residencia en Chile hace más de 50 años, en contra de una resolución del Gobierno que ordenó su expulsión del territorio nacional por delitos de tráfico de drogas y estafa cometidos en 2004.
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Carlos Cerda, Manuel Antonio Valderrama y la abogada (i) Leonor Etcheberry– acogió la acción judicial presentada por Habis Rabi Tuma.
El máximo tribunal ponderó que la medida es desproporcionada debido al tiempo transcurrido desde la comisión del delito, más de 13 años, además de afectar la protección de la familia como núcleo central de la sociedad, dado que el hombre tiene tres hijas de nacionalidad chilena.
La sentencia sostuvo que "que desde los delitos mencionados (...) no hay antecedentes de la comisión por parte del recurrente de algún otro ilícito, apareciendo por ende, y desde entonces, su conducta en el territorio nacional como ajustada a nuestro ordenamiento".
Por esto, la Corte Suprema afirmó que resulta "carente de proporcionalidad y razonabilidad fundar la actual la expulsión de Habis Rabi Tuma en hechos cometidos hace más de trece años, cuya sanción además se encuentra cumplida desde el año 2004".
Asimismo, el fallo sostiene que "no es posible desatender las circunstancias personales y familiares del recurrente. De manera que de ejecutarse la medida ciertamente se afecta lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución Política de la República que establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado dar protección a la población y a la familia, así como propender al fortalecimiento de ésta".
La decisión tomada en julio pasado por el Ministerio de Interior, según el máximo tribunal, "tienen como base la comisión de un hecho delictivo antiguo, por el paso del tiempo, el cambio de las circunstancias del recurrente y su entorno familiar, son desproporcionadas en relación con la naturaleza, gravedad y ámbito de la infracción cometida, lo que torna en ilegal y arbitraria la actual ejecución de la medida de expulsión".
Habis Rabi Tuma fue condenado por el 4° y 21° Juzgado del Crimen de Santiago por los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes y estafa a la pena de 541 días y 61 días, las que cumplió el 30 de marzo de 2004, debido a lo cual el Ministerio del Interior con fecha 2 de febrero de
2007 dictó el Decreto N° 182 que lo expulsa del territorio nacional.