SANTIAGO.- De cara a las elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales (cores) del próximo
19 de noviembre, el Servicio Electoral (Servel) publicó ayer el
Manual de Consulta de Campaña y Propaganda Electoral 2017 que norma las actividades que están permitidas y las que no durante ambos periodos.
Cabe recordar que la primera comenzó el pasado 21 de agosto con la declaración de postulaciones y se extenderá hasta el día de los comicios, siendo un periodo en que los candidatos podrán efectuar gastos electorales y realizar actividades de coordinación de sus candidaturas.
En esta etapa, los aspirantes podrán asistir a reuniones de carácter público o político, realizar lanzamientos de campaña sin propaganda, encargar la realización de encuestas, efectuar visitas a los electores como puertas a puertas, contratar personal y asesores de campaña, entre otros.
Propaganda por brigadistas y en espacios públicos
En lo que respecta al periodo de propaganda electoral, éste se divide en dos partes. La primera comenzará el miércoles 20 de septiembre, cuando brigadistas puedan realizar acciones de este tipo en la vía pública, portando banderas, lienzos o entregando material informativo. A esto se sumará la emisión de propaganda en radioemisoras y otros medios de prensa.
Está prohibido la instalación de propaganda en vehículos de transporte de pasajeros, tales como, taxis, micros, colectivos, buses, entre otros. Sí se podrá efectuar en bicicletas, autos, camionetas y furgonetas.
En éstos se podrá contar con lunetas en vidrios traseros, ploteo de automóvil, porte de banderas o banderines, stickers o adhesivos y pintar vidrios. Al contrario, no está permitido el porte de carteles y/o palomas en pick-up de camionetas, carteles y/o palomas en la parte superior de automóviles.
Recién el viernes 20 de octubre, se dará el paso a la propaganda en espacios privados con autorización de propietarios bajo ciertas características. Así como también en lugares públicos que deberán estar autorizados previamente por el Servel.
En esta etapa, además se permite la entregada de folletos, volantes u otros objetos informativos, como también instalar propaganda en sede y oficinas oficiales de candidatos o partidos.
Encuestas, franja televisiva e invitaciones
Al igual que en las primarias pasadas, la divulgación de encuestas no se podrá efectuar entre el 5 y el 19 de noviembre, independiente si éstas se refieren a la elección o a un eventual balotaje.
Los postulantes podrán contar con una franja televisiva gratuita, desde el 20 de octubre y hasta el 16 de noviembre. El espacio emitido en televisión abierta tendrá una duración de 40 minutos, estando a cargo del Consejo Nacional de Televisión (CNTV).
Otro punto a considerar, son las invitaciones a ceremonias públicas que deben cursar las autoridades a los candidatos presidenciales, a cores y a parlamentarias. Actividades entre las que se incluirán inauguraciones de obras u otros eventos o ceremonias. Éstas deberán cursarse desde el sexagésimo día anterior a la elección, con una antelación de al menos 72 horas.
Redes sociales y comunicaciones privadas
El organismo establece que las comunicaciones a través de redes sociales, correos y llamadas telefónicas, son consideradas como privadas, no siendo calificadas como propaganda electoral.
"El intercambio que se produce con ocasión de las mismas está constituido por el ejercicio de la libertad de expresión, el planteamiento de ideas, el debate de las mismas entre los participantes y el voto informado, en suma, equivale a las opiniones que los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a emitir en su círculo de amistades o personas interesadas en la actividad política y al debate o discusión de ellas, con la diferencia que no se realiza de manera presencial, sino que a través de los medios señalados", se señala en el manual.
Así, toda aquella actividad en medios digitales que no implique una contratación y pago de servicios no será considerada en esta categoría.