SANTIAGO.- "La publicidad que se ha decretado no parece de ninguna manera vulnerar la seguridad nacional”. Este fue uno de los argumentos que utilizó la Corte Suprema para acoger una decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT). El máximo tribunal, le ordenó al Estado Mayor Conjunto (EMCO) entregar un conjunto de actas del Consejo de Seguridad Nacional (Cosena), que una periodista solicitó en septiembre del año 2015.
El requerimiento que realizó la ciudadana, contemplaba las actas de todas las sesiones del COSENA, desarrolladas entre 1989 y 2012 e incluía también los documentos, acuerdos o resoluciones emanados de aquellas reuniones, que abordaron entre otros temas, consideraciones en torno los senadores designados de la época, la elección de los miembros del Tribunal Constitucional, información relacionada al Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación plasmados en el Informe Rettig y las acusaciones constitucionales contra miembros de la Corte Suprema.
En esa oportunidad, el Estado Mayor Conjunto denegó la entrega de los documentos, justificando que el citado Consejo “podría haber adoptado acuerdos o sus miembros haber emitido opiniones, comentarios y/o deliberaciones que consten en las actas, cuyo conocimiento público podría causar una afectación directa, cierta o probable a la Seguridad de la Nación, a la defensa nacional, al orden público, al interés nacional y a las relaciones internacionales del país”.
Sin embargo, la mujer insistió e ingresó un amparo al CPLT que, de manera unánime, ordenó la entrega de un conjunto de actas del Cosena, manteniendo sólo algunas en reserva, argumentando que su publicidad involucra la seguridad de la Nación. Pero, esta decisión fue desestimada por el EMCO, lo que la llevó a recurrir a la Corte de Apelaciones de Santiago, instancia que rechazó el reclamo.
Luego, en marzo de 2017, el EMCO (representado por el Consejo de Defensa del Estado) impugnó el fallo del tribunal y recurrió a la Corte Suprema que este 29 de noviembre, finalmente, respaldó la decisión del Consejo para la Transparencia, avaló la entrega de la información y ratificó que la publicidad de las actas no afecta la seguridad nacional.
“La resolución es contundente. Por un lado, confirma totalmente que el juicio realizado por el Consejo en su momento, en todas sus partes, se apegó completamente a la ley, conforme a las facultades que tiene el Consejo para la Transparencia. Asimismo, tenemos la completa convicción que los documentos que se publicitarán no comprometen de ninguna forma la seguridad nacional. Su entrega, a mi juicio, es emblemática. Cristaliza el objetivo último de esta ley, empoderar a la ciudadanía y hacer realidad la rendición de cuentas de las autoridades a través del acceso a la información”, explicó el presidente del CPLT, Marcelo Drago.