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Conoce los requisitos para poder abrir una institución de educación superior

Para la constitución de universidades, Centros de Formación Técnica y Institutos Profesionales se exige el reconocimiento oficial del Mineduc y se deben presentar al Consejo Nacional de Educación.

05 de Febrero de 2018 | 12:32 | Emol
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El Mercurio
SANTIAGO.- Durante enero miles de estudiantes iniciaron el proceso para matricularse en las distintas carreras de la educación superior donde, para esta Admisión 2018, son 39 las universidades adscritas al Sistema Único de Admisión a las que se puede acceder tras los resultados de la Prueba de Selección Universitaria (PSU).

Sobres las instituciones de la educación terciara, la mayoría de las universidades datan de una larga historia de prestigio, siendo el caso de la Pontificia Universidad Católica y la Universidad de Chile, entre otras. Aunque también están las más nuevas que hace pocos años se constituyeron, como la U. de O’Higgins y de Aysén.

¿Cómo se puede abrir una institución dentro de la educación superior? Primero debe obtener el reconocimiento oficial, que es la autorización que le entrega el Estado para que inicie sus funciones y que pueda otorgar títulos y grados académicos. Este reconocimiento se obtiene mediante una ley o por decreto supremo del Ministerio de Educación.

De esta manera, el Estado reconoce a las universidades, Institutos Profesionales (IP), Centros de Formación Técnica (CFT), incluyendo además a las distintas academias y escuelas de las Fuerzas Armadas y Carabineros.

Todas las instituciones estatales se pueden crear por ley, y las que no tengan ese carácter, se deben crear como corporaciones de derecho privado y sin fines de lucro. Asimismo, los IP y CFT privados se pueden crear por cualquier persona natural o jurídica donde no pueden tener otro objeto que la creación, organización y mantención de estos.

Proyectos ante el Consejo Nacional de Educación


Todos los proyectos institucionales se deben presentar al Consejo Nacional de Educación (CNED), entidad que otorga la aprobación y la certificación de los recursos necesarios para el posterior reconocimiento oficial del Mineduc.

Este proceso se lleva a cabo una vez que concluyan los trámites de constitución jurídica de la nueva entidad ante la División de Educación Superior del Ministerio de Educación.

Entre las variables que considera el CNED está constatar que la institución cuente con los recursos humanos y materiales, la presentación de docentes, programas de estudios, físicos y de infraestructura, además de los recursos económicos y financieros necesarios para otorgar los grados académicos y los títulos.

Con todo esto, el Consejo se encarga además de establecer el sistema de licenciamiento para verificar el desarrollo de los proyectos Le corresponde a cada nueva institución la presentación del proyecto de desarrollo institucional donde el CNED tiene un plazo de 90 días para pronunciarse respecto a él.

Después de esta etapa, la plena autonomía se logra al cabo de los seis años de evaluación en que se haya comprobado el cumplimiento del proyecto institucional satisfactoriamente a juicio del Consejo. Si ello no ocurre, el plazo de verificación puede extenderse hasta por cinco años, cuando no se de cumplimiento a los requerimientos del Consejo.

Grados Académicos


Una casa de estudio ya constituida, y con las exigencias del CNED aprobadas, puede otorgar grados académicos a sus estudiantes.

En las universidades se entrega el grado de licenciado cuando un alumno aprueba el programa de estudios de una disciplina determinada.

Después se puede obtener el magíster, que es cuando se aprueba un programa de estudios de profundización en una o más disciplina. Luego viene el grado de doctor, el máximo reconocimiento que puede otorgar una universidad para aquel que quien haya aprobado un programa superior de estudios y de investigación, y acredita que quien lo posee tiene capacidad y conocimientos necesarios para efectuar investigaciones originales.

Por otro lado, los CFT e IP entregan el título de técnico de nivel superior. Además el IP también puede conceder un título profesional para aquellas carreras que no requieran licenciatura.

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