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Cuentas electorales: 79% de los candidatos recibieron observaciones del Servel sobre sus ingresos y gastos

Los administradores de las campañas tendrán un plazo de diez días para aportar los antecedentes pertinentes. De no esclarecerse las anomalías, la cuenta electoral podría ser rechazada.

14 de Febrero de 2018 | 12:59 | Por Consuelo Ferrer Durán, Emol
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SANTIAGO.- Fueron 1.110 los candidatos que se presentaron el pasado 19 de noviembre en las cédulas electorales, con la aspiración de convertirse en Presidente de la República, senador o diputado.

Casi tres meses después de ese día, el Servicio Electoral (Servel) dio a conocer datos referentes a las cuentas de ingresos y gastos electorales de cada uno, en el marco de la implementación de la reformada Ley de Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral en este tipo de elecciones.

Tras un proceso de auditoría por parte de la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento electoral, que completó la revisión de las cuentas de presidenciables y candidatos al Congreso, se detectó, en primer lugar, que 29 candidatos aún no presentan sus cuentas.

De las 1.071 cuentas restantes, 869 recibieron observaciones, es decir un 79% del total de candidatos, reduciendo el número de cuentas sin observaciones a un 21%.

Una observación del Servel significa que la revisión detectó anomalías, como irregularidad en los montos de las facturas. Para aclarar estas situaciones, los administradores electorales tendrán diez días para aportar "los antecedentes o correcciones pertinentes", fecha que caducará el próximo viernes 23 de febrero.

De no hacerlo o en el caso de que los nuevos datos no esclarezcan las irregularidades, la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral podría rechazar la cuenta electoral..

Actualmente, el organismo se encuentra confeccionando el informe de auditoría y resolución final de pronunciamiento, que declarará la aprobación o el rechazo de las cuentas el 7 de marzo.

En caso de ser rechazada, se multará a beneficio fiscal por un monto equivalente al doble de la parte de los gastos electorales que hayan sido rechazados o no justificados.

Independientemente de la aprobación o rechazo de la cuenta, si los ingresos o gastos electorales que se declararon al inicio del proceso difieren en más de un 20% de los estimados por el Servel, y que además esa diferencia supera las 100 UF, se cobrará otra multa por el quíntuple del monto de la diferencia.
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