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Del rechazo al apoyo: Las discrepancias de Peña y Fermandois ante el fallo del Tribunal Constitucional sobre el artículo 63

Mientras el rector de la UDP considera que la decisión del organismo "deforma la institución universitaria", el académico de la UC sostiene que ésta contuvo "una suerte de exquisito capricho ideológico".

28 de Marzo de 2018 | 06:30 | Redactado por Leonardo Núñez, Emol
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SANTIAGO.- El acuerdo alcanzado por el Tribunal Constitucional (TC) de "declarar la inconstitucionalidad del artículo 63" de la reforma educacional que prohíbe la presencia de personas jurídicas que persigan fines de lucro en directorios de universidades particulares, ha generado un candente debate, tanto a favor como en contra de la decisión.

Carlos Peña, rector de la Universidad Diego Portales, consideró el fallo como "erróneo", ya que "deforma, de algún modo, a la institución universitaria".

"Ya es suficientemente grave que la decisión cree oportunidades para transgredir lo que la propia ley prohíbe; pero lo más grave de todo es que ella arriesga deformar, hasta lo irreconocible, lo que la ley entiende, conforme a la mejor tradición, por universidad", argumenta en la página de Opinión de "El Mercurio".

"Lo que ocurre es que las instituciones con fines de lucro —v.gr. las empresas— tienen como principio de legitimidad de su obrar el dominio o propiedad. Es la relación de dominio o propiedad la que confiere el poder o la autoridad en una institución de esa índole. En una institución con fines de lucro es el dueño, y sus intereses legítimos que se trata de incrementar, aquel cuya voluntad impera. Justo lo opuesto de la universidad (...). Y es esa autonomía en su sentido más propio lo que el Tribunal Constitucional arriesga deformar", señala.

Una visión distinta plantea en el mismo medio Arturo Fermandois, profesor de derecho constitucional de la Universidad Católica, quien además asesoró en la presentación de la Corporación de Universidades Privadas (CUP) al Tribunal Constitucional en este caso.

El académico apoya el fallo por considerar que el artículo 63 se trataba de "una suerte de exquisito capricho ideológico. Una dulce y jugosa guinda agregada en la cima de un postre que agravia injustificadamente derechos constitucionales de las universidades que se organizaron en Chile de acuerdo a las leyes vigentes al momento que lo hicieron".

"Claro, porque el nuevo marco regulatorio no regiría para el futuro, sino hacia el pasado, provocando la expulsión de los controladores afectados que entraron en las instituciones actuales con apego a la ley. Una herramienta innecesaria para combatir el lucro en la educación, basada en la mera sospecha de ilícitos aguas arriba, vulneratorio de los derechos constitucionales de asociación, libertad de enseñanza e igualdad, del principio de proporcionalidad y de la no discriminación arbitraria", agregó.

"¿Era necesario este artículo para fiscalizar la prohibición de lucro? En absoluto. La nueva ley está plagada de herramientas menos lesivas para cuidar celosamente los fines filantrópicos de las universidades y sus reinversiones", sostiene en su columna de opinión.

Las visiones contrapuestas en "El Mercurio" de hoy.
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