El ministro Gonzalo Blumel resaltó el "vacío" de la reforma.
Agencia Uno
SANTIAGO.- Entre algunos parlamentarios ha existido preocupación por la próxima elección de
gobernadores regionales que se realizará por primera vez en 2020. Incluso algunos han planteado, en privado, que debería postergarse, ya que no existiría claridad sobre las competencias que tendrá la autoridad que reemplazará al intendente.
El consejo asesor para la modernización del Estado, creado por el
Presidente Sebastián Piñera, también manifestó algunas alertas, planteando que la reforma que permitió la creación de este nuevo cargo regional cuenta con algunos "vacíos legales" que pondrían en riesgo el "carácter unitario de nuestra República" y señalan algunas
complejidades respecto a la administración del Estado que se vendrá con esta nueva figura.
Pero esos no son los únicos inconvenientes que enfrenta. La reforma tiene otro
"vacío" y ahora el Gobierno se enfocará en elaborar una ley para repararlo, considerando que la
Constitución establece que los gobernadores regionales podrán ser acusados, pero no define las causas.
"Como Gobierno estamos trabajando para que se cumpla el cronograma establecido en la Ley para la transferencia de competencias y para a elección de gobernadores regionales", enfatizó el ministro secretario General de la Presidencia (Segpres), Gonzalo Blumel respecto a las dudas sobre la realización de la elección el 2020.
Respecto a la ausencia de razones para hacer las acusaciones constitucionales, el secretario de Estado explicó que "
hay un vacío ya que en la que reforma no se consideraron las causales".
"O sea la Constitución contempla la acusación, pero no están las causales, por lo tanto hay que hacer un perfeccionamiento para que esa normativa quede completa", detalló.
En ese sentido explicó que en el proyecto que enviarán durante el próximo período legislativo que comienza en marzo, los gobernadores
puedan ser acusados por las mismas razones que un ministro.
"Por haber c
omprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, por infringir la Constitución o las leyes o haber dejado éstas sin ejecución, y por los delitos de traición, malversación de fondos públicos y soborno", dice la Carta Magna añadiendo que esta acción se puede aplicar hasta tres meses después de haber dejado el cargo.