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Corte anula ordenanza que restringe horario de locales nocturnos en Plaza San Enrique por "arbitraria" e "ilegal"

El tribunal de alzada señaló que el alcalde de Lo Barnechea hizo uso de "una facultad discrecional que la ley no le ha otorgado" para reducir las horas de funcionamiento.

26 de Febrero de 2019 | 13:06 | Por Tamara Cerna, Emol
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El Mercurio.
SANTIAGO.- Sin efecto quedó el decreto dictado por la Municipalidad de Lo Barnechea en marzo de 2018, y aprobaba la ordenanza que establecía un nuevo horario de funcionamiento de locales de expendio de alcoholes en el sector de la Plaza San Enrique.

En fallo unánime, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago estableció un actuar arbitrario e ilegal por parte de dicho municipio al fijar el horario de funcionamiento de los salones de baile y discotecas entre las 19:00 y 01:00, ampliable en una hora de viernes a domingo, además de feriados.

Previamente, el horario era de 19.00 a 04.00 del día siguiente, ampliándose hasta las 05:00 los sábados y feriados.

El fallo sostiene que "el alcalde recurrido -Felipe Guevara- hace uso de una facultad discrecional que la ley no le ha otorgado para reducir de manera arbitraria, al carecer de motivos, los horarios de funcionamiento de" dichos establecimientos.

Se señala que pese a que se argumentara que el cambio de horario respondía a una "afectación a la normal tranquilidad de los habitantes y vecinos del sector (...) alterando con ello la sana convivencia y normal desarrollo de vidas", no se explicita "de qué forma ello se ha producido o materializado en la práctica, sin que puedan establecerse tampoco de la documentación acompañada la efectividad de tal aseveración".

Así tampoco, continúa la resolución, no "aparece el debido fundamento" en las actas de sesiones del concejo municipal la exigencia legal, ya que ni el director jurídico ni el jefe comunal se refirieron a algún caso concreto, "deficiencias todas que, dejan a la ordenanza cuestionada como arbitraria e ilegal".

Además, critica el carácter indefinido de esta última, incumpliendo con ello el acuerdo del propio concejo, ya que lo aprobado fue que su extensión sería solo por seis meses, según consta de las intervenciones de las autoridades comunales, "lo que no fue respetado por el mismo acto".

Por ello, los ministros acogieron, con costas, el reclamo de ilegalidad interpuesto, dejando sin efecto el decreto que aprobó la cuestionada ordenanza.
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