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Corte de San Miguel rechaza recurso de la defensa del único detenido por seis ataques explosivos

Camilo Gajardo Escalona fue formalizado por colocación, envío y activación de artefactos explosivos, daños, lesiones de diversa consideración y homicidios frustrados en contexto ley sobre conductas terroristas.

21 de Agosto de 2019 | 14:57 | Por T. Cerna, Emol
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El sospechoso en la audiencia de control de detención.

Agencia Uno/Archivo
SANTIAGO-. La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó en forma unánime el recurso de amparo presentado por la defensa del único detenido por seis ataques explosivos que habría perpetrado entre 2017 y 2019, en distintos puntos de la Región Metropolitana.

Camilo Gajardo Escalona fue formalizado por la Fiscalía Sur el pasado 9 de agosto por seis hechos asociados a los delitos de colocación, envío y activación de artefactos explosivos, daños, lesiones de diversa consideración y homicidios frustrados en contexto ley sobre conductas terroristas.


"No es posible avizorar los vicios o defectos denunciados y menos aún la infracción a alguna norma constitucional, desde que ciertamente el amparado concurrió debidamente asistido por su defensa letrada a la audiencia de control de detención, formalización e imposición de la medida cautelar de prisión preventiva, lo que desvanece las alegaciones relativas a la afectación del derecho a defensa y por ende al debido proceso", sostiene el fallo.

En la formalización, y tras la exposición de una serie de evidencia que lo vincularía a los hechos, entre ella declaraciones, fotografías y ADN encontrado en los artefactos colocados, el tribunal decretó la medida cautelar de prisión preventiva.

Para la defensa del indagado, sin embargo, la detención habría sido ilegal. Así se hizo saber en dicha audiencia y, ante la negativa del 12° Juzgado de Garantía se recurrió hasta el tribunal de alzada.

De acuerdo a la Defensoría Penal Pública (DPP), los investigadores vulneraron los derechos fundamentales de Gajardo con el desarrollo de ciertas diligencias desarrolladas después de su aprehensión, entre ellas toma de ADN, fotografías y video.

El Ministerio Público adjudica a Gajardo autoría en el ataque que afectó al ex presidente Codelco, Óscar Landerretche; además de la colocación de artefactos en inmediaciones de la Escuela de Agronomía de la U. de Chile, en la U. Raúl Silva Henríquez, y al interior de un bus de la locomoción colectiva. Así también de la detonación en un paradero del Transantiago y el envío de una carta-bomba al presidente de Metro, Louis de Grange.

Así, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros María Teresa Díaz Zamora, María Soledad Espina Otero y Luis Sepúlveda Coronado– rechazó el recurso en contra del juez del 12° de Juzgado de Garantía de Santiago, que ordenó la detención y decretó la prisión preventiva de Gajardo Escalona.
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