EMOLTV

Juntas directivas, votación de académicos e incluso el Vaticano: ¿Cómo se eligen los rectores en las Ues. chilenas?

Las instituciones tienen autonomía para definir cómo designan a su máxima autoridad y sólo las estatales deben cumplir ciertos requisitos que les impone la ley.

07 de Octubre de 2019 | 08:11 | Por Natacha Ramírez, Emol
imagen
Emol
SANTIAGO.- Puede ser elegido por sufragio o también nombrado por el Presidente de la República, la Junta Directiva, un obispo o incluso la Santa Sede. En Chile, cada universidad tiene autonomía para definir la forma en que escoge a su máxima autoridad.

En los planteles católicos, por el ejemplo, el proceso suele involucrar la participación de los académicos de la universidad como de la institución eclesiástica.

En la Pontificia Universidad Católica de Chile –que acaba de iniciar el proceso para definir a su nuevo rector– primero se conforma un “comité de búsqueda”, integrado por académicos, quienes durante varias semanas entrevistan a distintos integrantes de la universidad para conocer su opinión sobre quién debería ser el próximo rector.

"(Nuestro sistema) optimiza el tiempo de gestión del rector vigente, al no tener un periodo de campaña y elecciones previas, lo que disminuye presiones y lobby durante su gestión"

UC del Maule
Luego, propone una terna al pro Gran Canciller de la universidad, el arzobispo de Santiago, la que debe contar con los votos de la mayoría absoluta de los integrantes del comité de búsqueda y que finalmente es remitida a la Santa Sede para su ratificación. (Al ser “pontificia”, depende directamente de esa entidad).

En la Universidad Católica del Maule el proceso es parecido: También se conforma un comité de búsqueda, que realiza un “amplio proceso de consulta” entre la comunidad universitaria y luego presenta una terna al Gran Canciller –que en este caso, es el obispo de Talca–, quien designa al nuevo rector. Este mecanismo se relaciona con que ésta es una universidad “diocesana”, es decir, que depende de la diócesis donde está emplazada.

En el plantel explican que la ventaja que tiene esa fórmula es que “optimiza el tiempo de gestión del rector vigente, al no tener un periodo de campaña y elecciones previas”, lo que también “disminuye presiones y lobby durante su gestión”.

En estos planteles católicos los rectores duran 5 años en el cargo y pueden ser reelegidos. En la Pontificia Universidad Católica la nueva autoridad debe asumir en marzo de 2020, y en la UC del Maule en agosto de 2022.

En las universidades estatales votan los académicos


En el caso de las universidades estatales, la elección del rector sí está regulada por ley (las leyes 19.305 y 21.094). La primera normativa –que data de 1994–, establece que la máxima autoridad debe ser elegida “en votación directa y por mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos” y que “el voto de los académicos será personal, secreto e informado y podrá ser ponderado”.

La Ley 21.094 sobre Universidades Estatales –que comenzó a regir en 2018– mantuvo esa fórmula e introdujo otras indicaciones, como que se debe “garantizar que tengan derecho a voto todos los académicos con nombramiento o contratación vigente y que desempeñen actividades académicas de forma regular”; y que las reclamaciones deben ser ante el Tribunal Electoral Regional, con posibilidad de apelar al Tribunal Calificador de Elecciones.

También establece que los rectores deben durar 4 años en el cargo, pudiendo ser reelegidos por una sola vez, para el período inmediatamente siguiente (antes no había límite a la reelección). Una vez electo, el nuevo rector debe ser nombrado por el Presidente de la República mediante un decreto supremo, expendido por el Ministerio de Educación.

Bajo esas directrices, las distintas universidades estatales tienen un cierto margen para establecer un mecanismo específico, el que debe constar en un reglamento interno.

4 añosduran los rectores en las estatales y pueden ser reelectos por una vez
Por ejemplo, en la Universidad de Playa Ancha pueden votar los académicos titulares, asistentes, asociados e instructores, de planta o contrata, cualquiera sea el tipo de jornada laboral que tengan. El rector de esa universidad, Patricio Sanhueza, explica que los escrutinios son públicos, que todo el proceso es supervisado por el secretario general de la universidad y que existen instancias para acoger eventuales reclamos.

Mientras que en la Universidad de Valparaíso participan en la votación todos los académicos adscritos al Estatuto de Carrera Académica, ya sea profesor titular, adjunto, auxiliar o ayudante, con a lo menos un año de antigu¨edad; y el voto es ponderado según la jerarquía académica de cada profesor: titular y adjunto pondera 1; auxiliar 0,75; y ayudante 0,25.

El secretario general de la Universidad de Valparaíso, Osvaldo Corrales, destaca que el mecanismo de elección que tienen las universidades estatales “estimula el debate de ideas y propuestas, da visibilidad a diversos proyectos universitarios y permite que quien resulte electo posea la legitimidad y el consenso necesario para llevar adelante el programa”.

En la Universidad de O’Higgins también resaltan que ese modelo "permite una participación directa de los académicos al escoger su máxima autoridad y (garantiza) que quienes resultan elegidos cumplan ciertos requisitos que permiten presumir su idoneidad".

En la Universidad de Talca, en tanto, explican que se encuentran en pleno proceso de adecuación de sus estatutos a la nueva normativa, para lo que ya se ha conformado una Dirección General de Estatutos y un Consejo Asesor, con representantes de los distintos estamentos de la comunidad universitaria, que elaborará una propuesta de nuevos estatutos. El secretario general de la universidad, Rodrigo Palomo, detalla que en ese proceso “la comunidad universitaria tendrá oportunidad de discutir y decidir su nueva estructura orgánica y autoridades, entre ellas, el rector y su forma de elección”.

El Presidente de la República elige al rector de una terna


En el caso de la Universidad de Los Lagos señalan que también lo están analizando, de modo de acoger las normas de un nuevo estatuto en las universidades estatales. Indican que –según establece su estatuto vigente– el rector es nombrado por el Presidente de la República, de una terna que le propone el Consejo Superior de la universidad. Para confeccionar esa terna, dicho consejo convoca a una elección en la que participan los académicos de las tres más altas jerarquías de la universidad.

En la UTEM también el proceso vigente consiste en “una elección democrática, fruto de la que se elabora una terna que es presentada al Presidente de la República”, donde “el académico que gana la elección va en el primer lugar de dicha terna y así sucesivamente”.

Pero el mecanismo por votación no sólo se utiliza en las universidades estatales. La Universidad Austral, por ejemplo –que es una de las no estatales del Consejo de Rectores–, utiliza un sistema muy parecido, donde el rector se elige por votación universal de los académicos pertenecen a las tres primeras categorías del escalafón, dura cuatro años en el cargo y puede ser reelegido por un único periodo adicional.

La secretaria general de la Universidad Austral, María Asunción de la Barra, explica que "desde su fundación, la UACh ha tenido un sistema de elección de rector con participación democrática" y coincide en que una de las ventajas que identifican es que "se genera un proceso de discusión sobre el plan de gobierno universitario con participación de la comunidad académica, de modo que la autoridad cuenta con la validación y respaldo de una elección democrática".

La universidad que elige al rector con participación de los estudiantes


Entre las universidades privadas hay un caso muy especial, el de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, donde el rector es elegido de manera triestamental, con la participación de toda la comunidad universitaria, incluidos académicos, estudiantes y funcionarios.

Desde la universidad explican que optaron por la triestamentalidad "como forma democrática de gobierno universitario".

El rector Álvaro Ramis –recientemente elegido por ese mecanismo–destaca que "hoy somos la única universidad en Chile donde toda la comunidad, en distintos niveles, participa del gobierno universitario, y donde la máxima instancia de decisión es la comunidad misma, donde no hay cabida a grupos o intereses económicos o políticos diferentes a los que declaramos en nuestra misión institucional".

En las privadas predomina la designación por la junta directiva


En las instituciones privadas que no están en el Consejo de Rectores hay diferentes mecanismos para nombrar al rector, aunque en general predomina la designación por parte de una junta directiva, directorio u otra instancia de la respectiva universidad.

Así ocurre en la Universidad Adolfo Ibáñez, donde el rector es seleccionado por la junta directiva, que es integrada por nueve miembros. Ésta encarga la búsqueda del candidato a un “comité de búsqueda”, el que “realiza un proceso participativo al interior de la universidad, a través de consultas con miembros de los distintos estamentos que conforman la comunidad: miembros del Consejo Académico, vicerrectores, profesores, estudiantes y funcionarios administrativos”.

En la institución explican que “este modelo de designación es usual en prestigiosas universidades del mundo, tales como Harvard y UCLA”. La autoridad dura 5 años en el cargo y puede ser reelegido, sin límite en el tiempo. El rector actual es Harald Beyer y en el año 2023 corresponde hacer una nueva designación.

Un mecanismo similar se utiliza en la Universidad Andrés Bello, donde primero se realiza un proceso de búsqueda de la persona idónea, que contempla diferentes etapas; y luego el rector es designado por la junta directiva, en una votación de sus trece miembros que debe unánime. El rector dura cuatro años y puede ser renovado de forma indefinida.

El secretario general de la UNAB, Fernando Azofeifa, afirma que con ese modelo "hemos logrado garantizar que los procesos de búsqueda se centren en las habilidades, conocimientos y cualidades que el cargo amerita, resguardando así los sellos de la universidad y nuestro proyecto educativo". Agrega que ese sistema ha permitido "un modelo de gestión eficiente, consolidando un proyecto educativo coherente".

"La ventaja de esta modalidad es que permite llevar a cabo planes de desarrollo de largo plazo, sin la restricción que pueda generar una elección más frecuente y que no garantiza la continuidad de un proyecto"

Sergio Escobar, Universidad Central
En la Universidad de Viña del Mar también hay un proceso de búsqueda y luego el rector es designado por el directorio de la universidad, por acuerdo de dos tercios de sus miembros en ejercicio. La autoridad dura cuatro años en el cargo y puede ser renovado indefinidamente. En la universidad consideran que la ventaja de ese sistema es que "el directorio elige a la persona que identifique mejor los valores de la institución y dé continuidad al proyecto educativo".



En la Universidad Central el rector también es designado por la junta directiva –compuesta por seis miembros–, que a su vez son elegidos por la Asamblea General de Socios. Cada miembro de la junta puede proponer una persona para el cargo, la que debe pertenecer a la más alta jerarquía académica y "contar, preferentemente, con diez años" en esa corporación. Los miembros de la junta directiva votan en secreto, en una papeleta. El rector dura cinco años en el cargo y puede ser reelecto las veces que lo estime la junta.

El director de comunicaciones corporativa de la Universidad Central, Sergio Escobar, dice que "la principal ventaja de esta modalidad es que permite llevar a cabo planes de desarrollo en la institución de largo plazo, sin la restricción que pueda generar una elección o proceso de elección más frecuente y que no garantiza la continuidad de un proyecto".

En la Universidad SEK el rector también lo designa la junta directiva. Éste dura cuatro años y puede ser renovado en el cargo a decisión de esa instancia. En el plantel explican que “al ser una corporación de derecho privado, el modelo de gestión requiere de una visión estratégica compartida entre su junta directiva y el rector”, por lo que ese modelo "se ajusta a las características de la estructura de gobierno de la universidad".

Un sistema similar tiene la Universidad Pedro de Valdivia, donde el rector lo define el directorio de la universidad, previa conformación de un comité de búsqueda. "Se evalúan sus méritos académicos y trayectoria profesional", explican. El rector dura cuatro años, con posibilidad de reelección indefinida. El actual rector, Rafael Rosell, explica que éste es "un modelo que permite y garantiza la búsqueda de la persona idónea para la universidad con total transparencia y estricto apego a la regulación universitaria".

En tanto, en la Universidad Finis Terrae el rector es nombrado –y también removido– por el Consejo Superior de la universidad mediante votación; y es el presidente del Consejo quien propone a los demás consejeros a uno o más candidatos para el cargo. Éste dura cinco años y puede ser reelegido, sin existir un límite de veces. En opinión del secretario general de la universidad, Álvaro Ferrer, "este mecanismo permite dar continuidad a la gestión de la máxima autoridad unipersonal de la universidad, sin límite de tiempo fijo, pero dejando la puerta abierta para optar por un cambio si fuese necesario".
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?