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Servicio militar: Extienden horario de atención para eximirse tras largas filas de jóvenes

La Dirección General de Movilización Nacional anunció que hoy y mañana el proceso culminará a las 23:00 horas. El periodo legal para realizar el trámite concluye este miércoles 20 de noviembre.

19 de Noviembre de 2019 | 11:23 | Redactado por Sebastián Barraza, Emol
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Imagen referencial.

El Mercurio (archivo)
SANTIAGO.- La Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) informó esta mañana que a raíz de la gran afluencia de jóvenes a los cantones de reclutamiento para presentar la documentación para eximirse del servicio militar, se ha extendido de manera extraordinaria el horario de atención para este 19 y 20 de noviembre de 2019, hasta las 23:00 horas.

Lo anterior considerando que el periodo legal para realizar el trámite concluye este miércoles 20 de noviembre.

El sorteo general se realizó el 22 de octubre para los jóvenes nacidos el año 2001, que no son voluntarios. Estos pueden presentar la documentación correspondiente en los cantones de reclutamiento para eximirse del proceso.

Además, la DGMN anunció que quienes no puedan entregar la documentación requerida, podrán presentar los certificados médicos, de estudios o los que considera la Ley 2.306, durante el proceso de selección a las Fuerzas Armadas, a efectuarse en marzo de 2020.

¿Cuáles son las causales para eximirse?


Según la DGMN, los ciudadanos llamados al Servicio Militar pueden solicitar eximirse del proceso mediante una de las seis causales de exclusión contempladas por la ley:

1. Los declarados no aptos por imposibilidad física o psíquica, según lo disponga el reglamento.
2. Los miembros de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y el personal de Gendarmería de Chile.
3. A quienes el cumplimiento del servicio militar ocasione un grave deterioro en la situación socioeconómica de su grupo familiar, ya que son su principal fuente de ingreso.
4. Quienes contrajeron matrimonio, que estén en vías de ser padres o lo sean con anterioridad al primer sorteo de selección del contingente.
5. Quienes han sido condenados a pena aflictiva, salvo que la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) los considere moralmente aptos. En todo caso, la amnistía extingue la causal de exclusión señalada en este numeral.
6. Los descendientes por consanguinidad en línea recta y en línea colateral, ambos hasta el cuarto grado inclusive, de víctimas de violaciones de los derechos humanos o de violencia política (Ley Nº 19.123 y Ley N° 19.992).
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