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Participación de extranjeros en el plebiscito: Las diferentes interpretaciones del Servel y la Mesa Técnica

Mientras el presidente del Servicio Electoral, Patricio Santamaría, aseguró que sólo ciudadanos chilenos formarán parte del padrón, desde la comisión señalaron que "hay una norma constitucional que autoriza a los extranjeros en Chile que cumplen con ciertos requisitos a sufragar".

02 de Enero de 2020 | 22:20 | Por Felipe Vargas e Ignacio Guerra, Emol
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Mientras el proceso para redactar una eventual nueva Constitución continúa avanzando, una nueva duda se tomó el debate sobre el tema: ¿Podrán los extranjeros participar del plebiscito de entrada que se celebrará en abril?.

La incógnita la puso sobre la mesa el propio presidente del Consejo Directivo del Servel, Patricio Santamaría, quien el domingo pasado aseguró que este grupo no está considerado para votar en dicha instancia, en la que se decidirá si conformar o no una nueva Carta Magna y el mecanismo para hacerlo.


"Al estar convocada la ciudadanía a votar en el plebiscito del 26 de abril de 2020, el padrón electoral provisorio, cuyo dato entregamos ayer, está conformado sólo por compatriotas y no es comparable con el de las elecciones 2017, que incluía a electores extranjeros con derecho a voto", señaló.

De esta forma, Santamaría habría interpretado que el concepto de ciudadanía sólo incluye a ciudadanos chilenos con derecho a voto, y no así a los extranjeros que cumplen con los requisitos constitucionales que se exigen para participar.

La postura del presidente del Servel generó diversas reacciones y rechazo al interior de la Mesa Técnica para una nueva Constitución, organismo creado precisamente para definir las reglas del plebiscito y que está conformada por 14 representantes de los partidos políticos que firmaron el acuerdo del 15 de noviembre.

Según exponen a través de un comunicado, todos los integrantes de la mesa indican que hay "varias razones que nos llevan a sostener que la interpretación que hace" Santamaría "es equivocada".

"La exclusión en el ejercicio del derecho a voto de un grupo de personas, en este caso los extranjeros residentes en Chile y que cumplen los demás requisitos legales, exigiría encontrar una decisión expresa de los órganos colegisladores que entregara además sólidas razones para sostener una exclusión como esa. Nada de ello se podrá encontrar en la discusión de la Comisión Técnica o en la sostenida durante la tramitación de la Reforma Constitucional en el Congreso Nacional. Por el contrario, de la lectura de la reforma se puede concluir que los extranjeros con derecho a voto sí pueden participar del plebiscito de abril, sin que nunca hayan sido excluidos", exponen.

Asimismo, afirman que en artículo 14 de la Constitución se dispone que los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, mayores de 18 y que no hayan sido condenados a pena aflictiva, "podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley".

A su juicio, esto refleja que "hay una norma constitucional que autoriza a los extranjeros en Chile que cumplen con ciertos requisitos a sufragar".


Otro de los argumentos esgrimidos por la Mesa Técnica hace referencia a la reforma recientemente aprobada para regular el plebiscito, la que en su artículo 130 sostiene que "se aplicarán diversas disposiciones que expresamente establecen la votación de los extranjeros en Chile. Es más, el mismo artículo citado, en
su inciso 2°señala en lo pertinente: ' …a fin de que el elector pueda marcar su preferencia…', con lo que queda meridianamente que la voluntad del constituyente fue incluir a los extranjeros avecindado".

Por otro lado, cuestionan que Santamaría haya interpretado la ley "de manera distinta a cómo había sido interpretada históricamente hasta ahora", y ponen como ejemplo las consultas ciudadanas celebradas con anterioridad.

"Para los plebiscitos de los años 1988 y 1989 las convocatorias siguieron la misma estructura y también utilizaron la voz 'ciudadanía' para referirse a todos los electores. Y en esos plebiscitos participaron los extranjeros residentes en Chile con derecho a voto. ¿Por qué entonces no tendrían que hacerlo ahora si el artículo 130 de la Constitución utiliza la misma fórmula?", sostienen.

Lo cierto es que hasta ahora las posturas difieren y dejan en el aire a un grupo cercano a las 350 mil personas, a la espera del padrón definitivo que será entregado por el Servel a fines de febrero, dos meses antes de la votación. En tanto, desde el Gobierno aún no se pronuncian al respecto pero se espera que durante los próximos días aclaren este punto.
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