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Tribunal de Familia dicta primera rectificación de nombre y sexo registral del país para menor de edad

La magistrada a cargo aseguró que "no hay razones (...) para desconocer el derecho a la identidad de género de niños, niñas y adolescentes". Ya se han presentado 28 peticiones de cambio para este grupo.

13 de Enero de 2020 | 17:30 | Por T. Cerna, Emol.
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Cedida.
SANTIAGO.- Este lunes se dictó la primera sentencia en materia de rectificación de nombre y sexo registral del país en favor de un menor de edad.

Fue la magistrada Macarena Rebolledo, del Segundo Juzgado de Familia de Santiago, la que acogió la petición del adolescente, luego de oírlo tanto en la audiencia preliminar, en la audiencia preparatoria con ambos progenitores, y realizando el juicio en forma inmediata, según está dispuesto por ley.

"Que así como lo ha señalado la doctrina, 'no hay razones desde los antecedentes normativos y científicos para desconocer el derecho a la identidad de género de niños, niñas y adolescentes", señala el fallo.

Y agrega: "Ellos y ellas no solo son titulares del derecho a la identidad de género, sino que pueden y deben ejercer su derecho a la identidad de género sin más limitaciones que las que imponen sus propios desarrollo y autonomía progresivas en su trayectoria de vida, siendo un imperativo para el Estado y sus poderes, así como para cada padre, madre o adulto responsable, velar por el interés superior cumpliendo todas las garantías y salvaguardias debidas, a fin de procurar así la eliminación de todas las formas de exclusión que hoy afectan a los niños y niñas trans en Chile', siendo por tanto un deber para este tribunal acoger lo pedido".

Ahora corresponde al Registro Civil realizar la nueva inscripción.
Desde la entrada en vigencia de la ley de Identidad de Género, el pasado 27 de diciembre, se han presentado 28 solicitudes en los Juzgados de Familia a nivel nacional, 13 de las cuales se han realizado en la Región Metropolitana.

Estos tribunales son los encargados de resolver sobre los procedimientos de rectificación de sexo y nombre de los adolescentes mayores de 14 y menores de 18 años, y de personas con vínculo matrimonial vigente. En el caso de mayores, el trámite se hace directamente ante el Registro Civil.
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