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Municipalidad de Lo Barnechea deberá pagar $30 millones por accidente de niña en camino cercano a centro de esquí

Fue en septiembre de 2010 cuando la menor, de entonces 11 años, quedó con lesiones graves al caer en una quebrada no señalizada. Ya hoy, la Corte Suprema puso fin al conflicto judicial.

10 de Junio de 2020 | 18:23 | Por T. Cerna, Emol.
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Aton.
La Tercera Sala de la Corte Suprema condenó a la municipalidad de Lo Barnechea a pagar una indemnización de $30 millones a la madre de la niña de 11 años de edad que en 2010 sufrió serias lesiones al caer en una quebrada no señalizada, en camino cercano al centro de esquí La Parva.

En la sentencia, el tribunal acogió el recurso de casación, revirtiendo lo resuelto previamente, y estableció la responsabilidad del municipio por falta de servicio, aunque desestimando la acción respecto del Fisco y el centro La Parva.

"Queda en evidencia que la Municipalidad de Lo Barnechea se encontraba en la obligación jurídica de señalizar el riesgo o peligro existente a la época de los hechos".

Corte Suprema.
Fue a eso de las 09:30 del 4 de septiembre de ese año cuando la niña, que paseaba con su perro en las cercanías del centro, cayó a la quebrada de 70 metros de profundidad, siendo rescatada horas más tarde y trasladada en helicóptero hasta un centro médico.

Debido al accidente, la menor quedó con lesiones de carácter grave, que implicaron su inmovilización por tres meses y una serie de cirugías, además del uso de corsé y la persistencia de una leve parálisis facial.

Frente al caso, la Suprema indicó que "los hechos descritos e inmutables -en principio- para este tribunal de casación, dejan en evidencia que correctamente se ha descartado la responsabilidad que se pretendía atribuir al Fisco de Chile y a Ski La Parva S.A., por cuanto la fuente de tal atribución ha sido desvirtuada".

Y detalló: "La omisión de resguardo y/o señalización determinante para el accidente únicamente puede ser imputada a la Municipalidad de Lo Barnechea, por corresponderle a este organismo, y no a otro, la administración del bien nacional de uso público generador del riesgo".

Ello, considerando la normativa vigente, donde se señala la responsabilidad de las municipalidades sobre la instalación y mantención de dichos elementos de tránsito, salvo aquellos casos en que específicamente sea responsabilidad del Ministerio de Obras Públicas.

"Queda en evidencia que la Municipalidad de Lo Barnechea se encontraba en la obligación jurídica de señalizar el riesgo o peligro existente a la época de los hechos", cerraron.