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Jueces que otorgaron libertad a Bustamante junto a ministra Donoso insisten en que se apegaron a la ley vigente en 2016

Los magistrados Loreto León y Alonso Arancibia expusieron ante la comisión que revisa la acusación constitucional contra la integrante de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y resaltaron que la decisión se tomó de forma conjunta.

04 de Septiembre de 2020 | 13:20 | Por Verónica Marín, Emol
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Los diputados escucharon a los jueces que formaron parte de la comisión que revisó la libertad a Bustamante y que presidió Donoso.

Aton (archivo)
Dos de los jueces que integraron la comisión que presidió la ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Silvana Donoso, que le entregó la libertad condicional a Hugo Bustamente, se presentaron ante los diputados encargados de revisar la acusación constitucional en su contra.

En su exposición, los dos magistrados que también votaron a favor de otorgarle el beneficio al entonces condenado por homicidio y hoy imputado por el femicidio y violación de Ámbar Cornejo, defendieron que su decisión se basó “en el principio de legalidad” asegurando que se apegaron a la normativa vigente en el año 2016.

León dijo recordar cuando la comisión revisó el caso de Bustamente, contando que a ella le llamó la atención que tuviera una pena tan extensa (27 años) por lo que solicitaron que se revisara la sentencia hecha en 2005. “Fue acusado por homicidio calificado y terminó siendo condenado por homicidio simple”, relató.

También recalcó que “recuerdo muy bien esta comisión (...) porque todos los informes venían iguales. Y no puede ser que como sistema no le demos la dignidad a cada uno y que tengan sus propios informes”. Esto en alusión al informe del jefe de servicio de Gendarmería que acompañaba los antecedentes del condenado y que en este caso ( y en otros 380) recomendaba que no se le diera la libertad condicional aludiendo a que no había tenido el beneficio anterior de salidas dominicales o salidas diarias.

En ese sentido, y tal como argumentó la defensa de Donoso en su presentación ante los diputados, resaltó que ellos nunca tuvieron a mano el informe psicosocial del sujeto (en donde se señalaba que era posible que él reincidiera en el delito)

Esto fue confirmado también por su colega Arancibia quien aseguró que tampoco se cometió una falta por parte de Gendarmería al no adjuntar ese antecedente no había falta de informe, ya que “en esa época no se exigía”.

“Con posterioridad la legislación cambió y ahora a partir de 2019 se requiere de un informe psicosocial detallado para decidir (...) No hay una irresponsabilidad que no se haya acompañado el informe el 2016”, sostuvo.

El magistrado explicó que “los jueces, a veces cuesta entenderlo, tenemos una estructura relacional y de trabajo quizás distinta al resto de las funciones. Nosotros nos regimos por el principio de legalidad: nosotros podemos hacer lo que la ley nos dice y el decreto de ley 321 que regía en ese momento, no establecía la posibilidad de pedir nuevos antecedentes”.

Cómo se tomó la decisión


Además a solicitud de los diputados integrantes de la comisión revisora del libelo impulsado por el RN, Andrés Lognton, ambos jueces explicaron cómo fue el procedimiento de trabajo de la instancia que permitió que Bustamente saliera en libertad condicional (la que recientemente fue revocada mientras él permanece en prisión preventiva por el caso Ámbar).

Los jueces explicaron que “fue una decisión de todos los integrantes de la comisión” lo realizado en 2016. Y explicaron que la jueza Donoso, por su calidad de ministro de la Corte, fue la última en votar ya que se establece un principio de antigüedad para ordenarse en ese proceso .

“En ningún momento me sentí presionado por una superior jerárquica”, sostuvo Arancibia descartando que la ahora cuestionada ministra haya interferido en su determinación.

Al ser consultados sobre si hubieran cambiado su decisión al conocer el informe psicosocial elaborado por una psicóloga y una trabajadora social de Gendarmería (que también se presentaron con anterioridad en la comisión de la Cámara), ellos hubieran resuelto de la misma manera, ambos señalaron que era un insumo que debió haberse conocido.

“Si hubiéramos tenido esos antecedentes, sin duda, que se hubiera sopesado. Pero nosotros no tuvimos acceso a ese informe, solo al del jefe de establecimiento y no teníamos las atribuciones legales para pedir más antecedentes”, recalcó Arancibia,

Y agregó que “si me lo pregunta como persona, sin duda que causa impresión”, sin embargo prefirió no ahondar al respecto dado que integra el tribunal que ahora revisa el nuevo caso que se le imputa a Bustamente.

Su colega León agregó que “en lo personal a todos nos incomoda el resultado, pero nosotros tenemos que responder a nuestro rol, a nosotros nos citan como jueces y tenemos que aplicar el principio de igualdad ante la ley e imparcialidad”

“En lo personal me parece relevante -dijo la jueza insistiendo que no era requisito- que a medida que tengamos más insumos, vamos a tomar mejores decisiones y podremos anticiparnos a cualquier tipo de reincidencia. Tenemos que alimentarnos de información multidisciplinaria”, sostuvo agregando que ella “valora” el informe psicosocial para estos procesos.