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Diputada RN presenta proyecto que busca que Tribunales de Familia reliquiden de oficio deudas por pensión alimenticia

La iniciativa, apoyada también por parlamentarios de oposición, recuerda el convenio existente entre las entidades judiciales y BancoEstado que en el año 2016 permitió implementar la denominada “cuenta de ahorro vista para pensión alimenticia”, que reemplazó a la antigua libreta.

15 de Septiembre de 2020 | 16:04 | Redactado por María Cristina Romero, Emol
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La diputada Karin Luck.

El Mercurio/ Archivo.
La diputada y subjefa de la bancada de RN, Karin Luck, presentó un proyecto de ley que busca cambiar la forma en que las madres o padres a los que se les adeude la pensión alimenticia, puedan actualizar los montos y cobrarlos, permitiendo que los Tribunales de Familia reliquiden de oficio deudas.

La iniciativa, que modifica el artículo 7º de la Ley 14.908, sobre "Abandono de familia y pago de pensiones alimenticias", apunta a establecer que sean los mismos Tribunales de Familia los que procedan de oficio a la reliquidación o actualización mensual de la deuda de pensión alimenticia. Iniciativa que también es apoyada por parlamentarios de oposición como Karol Cariola (PC), Carolina Marzán (PPD) y Daniel Verdessi (DC).

"Conversé con muchas madres a quienes los padres de sus hijos le deben la pensión alimenticia desde hace meses o incluso años. Un problema grave que pudimos detectar dentro los trámites que se deben hacer para exigir el cumplimiento y la solicitud de los respectivos apremios es la llamada 'liquidación de la deuda', que actualmente tiene que ser solicitada y puede demorar semanas", explicó la diputada Luck.

La parlamentaria ha realizado una serie de gestiones a raíz de los problemas que han vivido centenares de madres que han sufrido la retención de su 10% por problemas en los Tribunales de Familia.

En ese sentido, la legisladora explicó que esta situación se trata también de un problema cultural, "ya que gracias a la aprobación de la reforma constitucional que permitió el retiro del 10% de los fondos previsionales contemplando la retención de dichos fondos frente a una deuda de pensión de alimentos, es que se evidenció no solo que el pago de las pensiones alimenticias en Chile es excepcional, sino que también quedó de manifiesto lo que a nuestro juicio constituye un problema procedimental grave a la hora de exigir el cumplimiento de las pensiones alimenticias y la exigencia de los respectivos apremios".

Luck recordó el convenio existente entre las entidades judiciales y BancoEstado que en el año 2016 permitió implementar la denominada "cuenta de ahorro vista para pensión alimenticia", que reemplazó a la antigua libreta.

"Ésta, con su respectiva tarjeta permite realizar giros y transferencias, lo que además haría más expedito supuestamente el trámite de liquidación de la deuda en caso de incumplimiento, que tal como se ha indicado debe ser a petición de parte. Sin embargo, gracias a la tecnología actual y que el Poder Judicial se encuentra en línea con el Banco Estado, es necesario cambiar la forma de reliquidación de la deuda de una pensión de alimentos, debiendo el tribunal hacerlo de oficio pues tiene acceso a toda la información necesaria", finalizó.
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