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Primarias 2020: Servel publicará este sábado lista de vocales de mesa y los locales de votación

Para estas elecciones, que se realizarán el 29 de noviembre, las mesas funcionarán entre las 08:00 y las 18 horas. Hay tres días para excusarse de desempeñar el cargo.

06 de Noviembre de 2020 | 11:22 | Redactado por Leonardo Vallejos, Emol
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El Servicio Electoral publicará el sábado 7 de noviembre el listado de vocales de mesa y los locales de votación de cara a las elecciones primarias de gobernadores regionales y alcaldes.

El proceso eleccionario se llevará a cabo el próximo domingo 29 de noviembre en todo el país.

En esta oportunidad, las Juntas Electorales determinarán los vocales sorteándolos entre quienes fueron nombrados para dicha función en el Plebiscito Nacional.

Para las 21.281 mesas de sufragio se dispondrá de cinco vocales. No obstante, una mesa podrá funcionar con la presencia de solo tres vocales.

Para estas elecciones Primaras y según la normativa dictada por Servel, las mesas funcionarán entre las 8.00 y 18.00 horas, a menos que, llegada la hora de cierre, hubiese electores de la mesa esperando para sufragar.

En los tres días hábiles siguientes a la publicación de la nómina de vocales, es decir lunes 9, martes 10 y miércoles 11 de noviembre, los vocales que lo necesiten, podrá excusarse de desempeñar el cargo, acogiéndose a las causales de excusa del artículo 49 de la ley 18.700.

Además, podrán excusarse quienes cumplan estas características:

- Tener 60 o más años de edad.
- Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
- Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Todos los vocales deberán asistir a la constitución de mesas el día 28 de noviembre a las 15.00 horas. en su respectivo local de votación.