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Corte IDH falla a favor de juez y señala que Estado coartó su libertad de pensamiento y expresión

La instancia internacional acogió los argumentos expuestos por el magistrado de Garantía, Daniel Urruita, respecto el cual se han abierto una serie de sumarios en Chile.

06 de Noviembre de 2020 | 19:49 | Por T. Cerna, Emol.
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El Mercurio.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) consideró responsable al Estado de Chile por la violación de los derechos a la libertad de pensamiento y expresión, a las garantías judiciales, y al principio de legalidad del juez de Garantía Daniel Urrutia.

Ello a raíz de la demanda presentada por este último por el sumario que se le abrió tras enviar a la Corte Suprema una tesis que realizó en 2004, en la que criticaba al Poder Judicial por su actuar durante la dictadura.

Tras aprobar el "Diplomado en Derechos Humanos y Procesos de Democratización", Urrutia remitió al máximo tribunal el trabajo final en que proponía que el Poder Judicial adoptara determinadas medidas de reparación por la responsabilidad que dicha institución habría tenido en violaciones de derechos humanos. El juez fue sancionado, lo que años más tarde se revirtió.

Sin embargo, relató la Corte IDH, la Corte Suprema remitió el trabajo al órgano competente para sancionarlo disciplinariamente por estimar que este contenía "apreciaciones inadecuadas e inaceptables".

"La Corte constató que en ningún momento previo a la imposición de la sanción, el señor Urrutia Laubreaux fue informado del inicio de un proceso disciplinario en su contra, de las normas presuntamente infringidas, ni se le brindó un análisis claro y concreto respecto a la aplicación de dichas normas"

Corte IDH
Ante ello, la Corte IDH constató -según relató en un comunicado- que no era acorde a la Convención Americana sancionar las expresiones realizadas en un trabajo académico sobre un tema general y no un caso concreto, y "consideró que, si bien en 2018 la Corte Suprema de Justicia derogó la sanción impuesta al Juez, esta se mantuvo en la hoja de vida del señor Urrutia Laubreaux por más de 13 años, afectando su carrera judicial".

"La Corte constató que en ningún momento previo a la imposición de la sanción, el señor Urrutia Laubreaux fue informado del inicio de un proceso disciplinario en su contra, de las normas presuntamente infringidas, ni se le brindó un análisis claro y concreto respecto a la aplicación de dichas normas", señalaron.

Agregaron que a Urrutia no se le dio "una oportunidad para ejercer su derecho de defensa"

Un complejo historial


Este no es el único caso mediático en el que ha estado involucrado Urrutia, varios de ellos vinculados a autoridades.

Generó revuelo cuando, en juicio abreviado, condenó al joven que en abril de 2007 atacó con piedras el auto de la actual ministra -y también vocera- del máximo tribunal Gloria Ana Chevesich, por atentado contra vehículo en movimiento, en vez de atentado contra autoridades.

En tanto, en 2013 una de sus resoluciones causó molestia en el Ejecutivo, luego que considerara como una falta de respeto a una autoridad pública, y no como un delito de atentado, el arrojar saliva al Presidente Sebastián Piñera durante el velorio del sacerdote Alfonso Baeza, dejando sin medidas cautelares a la única imputada. Aquello, ocurrido en el primer mandato del Presidente, fue revertido a los días en el tribunal de alzada de Santiago, donde se consideró el hecho como un ilícito.

En 2016, en tanto, se inició una causa penal en su contra por el delito de prevaricación, al sobreseer a 76 personas de Andha Chile que se tomaron una sucursal bancaria en septiembre de ese año. En 2018, terminó por ser sobreseído.

También participó de varias resoluciones tras el estallido social del 18 de octubre de 2019, llegando incluso a acusar ante la prensa violación a los DD.HH., y "terrorismo de Estado".

Desde el Poder Judicial confirmaron a Emol que el magistrado, desde su ingreso al mismo en el año 2000, ha sido objeto de al menos nueve sumarios.

Solo en marzo de este año fue suspendido por la resolución respecto 13 de los 28 adultos formalizados por desórdenes públicos en el perímetro cercano a Plaza Baquedano, apodado como la "zona cero". Ello ya que la Corte de Apelaciones de Santiago consideró que el hecho que Urrutia revisara de oficio las cautelares del grupo podría implicar una negligencia.
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