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Funcionamiento de comisiones temporales y plazos de trabajo: Así es la propuesta de reglamento de la mesa de la Convención

Elisa Loncon y Jaime Bassa plantean paridad de género y representación indígena en las instancias de trabajo y sugieren las instituciones de las que deben provenir los funcionarios que formarán el comité externo de asignaciones.

13 de Julio de 2021 | 16:00 | Por Verónica Marín, Emol
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En la sesión de mañana será votado el documento.

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Tres páginas tiene el documento en que la presidenta de la Convención Constitucional, Elisa Loncon y el vicepresidente, Jaime Bassa, propondrán al resto de los integrantes del organismo cómo deberían configurarse y funcionar las primeras comisiones, a través de un reglamento provisorio trabajado además con el secretario, John Smok (oficial mayor de la Cámara de Diputados).

El documento, según se acordó, será votado en la sesión de Sala convocada para mañana en el ex Congreso y hasta las 23:00 horas de hoy se recibirán indicaciones de parte del Pleno, las que serán revisadas este miércoles.

"Propuesta de normas básicas para la Convención Constitucional, formulada por la mesa directiva" se titula el texto que se refiere a la integración y elección de las comisiones aprobadas en la sesión del 7 de julio (Presupuesto, Reglamento y Ética), además de la integración del Comité Externo de Asignaciones.

En él se fijan reglas comunes para las comisiones entre las que destacan que deberán estar integradas por 15 convencionales "de forma paritaria y plurinacional e, idealmente, con experiencia en las materias respectivas. Serán elegidos/as por votación del Pleno".

Luego señala que una vez que se constituyan sus integrantes "por mayoría absoluta de sus integrantes, deberá elegirse una coordinación paritaria con, al menos, una persona de regiones, que dirija el desarrollo de la comisión; cada integrante deberá votar por un hombre y por una mujer".

Sobre su funcionamiento se les pide trabajar "en atención a objetivos establecidos" considerando que "toda modificación deberá ser aprobada por el Pleno". Asimismo se les establece que tendrán diez días máximo para recibir audiencias públicas y en cada una deberá haber un secretario o secretaria que ejerza de ministro de fe.

La propuesta de la mesa también le fija plazos a estas comisiones, señalando que tendrán 30 días corridos para evacuar sus propuestas al Pleno y ellos tendrán cinco días para presentar indicaciones.

"El quórum de los reglamentos será mayoría absoluta de los y las presentes, sin perjuicio que la Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio", plantea el documento.

Reglas específicas


El texto también propone normas específicas para cada unas de las comisiones mencionadas. Por ejemplo, a la de Presupuestos y Administración Interior se le establece que su objetivo será "identificar necesidades presupuestarias y administrativas para el desarrollo óptimo del proceso constituyente" junto con "elaborar propuesta de diseño institucional que contenga estructura administrativa, funciones y responsabilidades" y "proponer una política de condiciones laborales para funcionarios y equipos de apoyo de constituyentes, de cobertura en materia de cuidados y de bienestar en el ejercicio de funciones".

Esta instancia, que tendrá a su cargo analizar y resolver los asuntos internos del funcionamiento de la Convención, deberá supervigilar el orden administrativo ye interno de los servicios del organismo, regular el uso de los espacios de funcionamiento y otros temas que determine el reglamento definitivo.

En ese sentido, la comisión de Reglamento, tendrá un plazo de 30 días corridos para presentar su propuesta de normas definitivas al Pleno. Y se le pide considerar al menos los siguientes aspectos: estructura de la Convención, jerarquías y responsabilidades; derechos, deberes, funciones y atribuciones; organización del proceso de deliberación y decisión; mecanismos de participación popular; normas de inclusión, interculturalidad, igualdad de género; caracterización secretaría técnica; herramientas para la elaboración de contenidos.

Mientras que la comisión de Ética, también provisoria, deberá según este documento, crear una propuesta de Comité de Ética, Probidad, Transparencia, Prevención y Sanción de las Violencias, que cumpla con la función de recibir, dar seguimiento y resolver conflictos que puedan derivarse de la convivencia o del ejercicio del cargo; elaborar una propuesta de protocolo de ética y convivencia; de prevención y sanción de la violencia de género y distintos tipos de discriminación; de probidad y transparencia en el ejercicio del cargo y proponer un presupuesto adecuado para estos objetivos.

Comité externo con integrantes de instituciones


En el documento también se propone cómo debería conformarse el comité externo de asignaciones, órgano independiente encargado de determinar los criterios de uso y administración de las asignaciones que, de acuerdo al presupuesto establecido para el funcionamiento de la Convención Constitucional, le corresponda a cada miembro. Estableciéndose que para ello las directrices generales se las entregará la comisión de Presupuestos y Administración Interior.

Este comité estará integrado por cinco funcionarios/as de carrera que "cuenten con la máxima calificación en los últimas tres evaluaciones anuales y un mínimo de cinco años de experiencia ininterrumpida, en las siguientes reparticiones públicas: Contraloría General de la República, Consejo para la Transparencia, Tesorería General de la República, Secretaría de la Cámara de Diputados y Diputadas y Secretaría del Senado".

Para su designación, se propone que la máxima autoridad de cada repartición proponga una terna y luego sea votado ese nombre por el pleno, el que deberá aprobarlo por mayoría absoluta.
Quienes sean nominados serán inamovibles a no ser que cometan negligencia o incurran en incapacidad y sus decisiones e instrucciones serán vinculantes para la Convención y sus órganos "debiendo velar por la transparencia, probidad y buen uso del presupuesto para asignaciones".
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