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Convención despacha al borrador de Constitución libertad de expresión sin censura previa

El pleno devolvió a comisión dos incisos del artículo que apuntaban a "asegurar el pluralismo en medios de comunicación" y "medidas destinadas a eliminar el discurso xenófobo".

31 de Marzo de 2022 | 12:09 | Por Cecilia Román, Emol.
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La Convención Constitucional se encuentra votando el informe de reemplazo de Derechos Fundamentales.

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El pleno de la Convención Constitucional despachó al borrador de nueva Carta Magna el artículo referente a la libertad de expresión. Este dice que "toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a la libertad de expresión y opinión, en cualquier forma y por cualquier medio. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole" (126 votos a favor, 13 en contra y 5 abstenciones).

Su segundo inciso también fue visado (144-1-2) y establece que "no existirá censura previa sino únicamente las responsabilidades ulteriores que determine la ley".

No obstante, no toda la norma logró el respaldo del pleno: el inciso que estipulaba que "la ley adoptará las medidas necesarias para asegurar el pluralismo en los medios de comunicación" alcanzó solo 101 votos a favor, 38 en contra y 11 abstenciones, y por eso volverá a la comisión para una nueva redacción.

Mientras, el punto que establecía el deber del Estado de "tomar todas las medidas destinadas a eliminar el discurso xenófobo; la apología de odio racial, religioso, sexual o de género" obtuvo 75 votos a favor, 58 en contra y 16 abstenciones.

Titularidad y financiamiento de los derechos


Esta mañana, el pleno de la Convención también votó las propuestas sobre la titularidad y financiamiento de los derechos. En cuanto al primer punto, los convencionales aprobaron que las personas naturales son titulares de derechos, que podrán ser "ejercidos y exigidos individual o colectivamente".

Asimismo, que los pueblos y naciones indígenas son titulares de derechos fundamentales colectivos, y la naturaleza, de los derechos reconocidos en la Constitución, que le sean aplicables.

En tanto, ser rechazó definitivamente un inciso que especificaba que "las personas jurídicas sólo serán titulares de los derechos fundamentales que la Constitución consagre expresamente."

Sobre el financiamiento, ninguno de los dos incisos propuestos logró suficientes votos para aprobarse y regresarán a la comisión para su revisión. La redacción que el pleno rechazó consagraba la "progresividad" en el financiamiento de las prestaciones estatales vinculadas al ejercicio de los derechos fundamentales; y que el Estado destinaría el "máximo de recursos disponibles" para asegurar la satisfacción universal de estos.