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Comisión de Sistemas de Justicia de la CC define que jurisdicción indígena solo aplicaría a miembros del mismo pueblo

La instancia también aprobó una norma que permitiría que los involucrados puedan recurrir al sistema nacional cuando lo deseen.

01 de Abril de 2022 | 13:53 | Por Cecilia Román, Emol.
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Sistemas de Justicia aprobó también la duración de 14 años de los jueces de la Corte Suprema.

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La jurisdicción indígena que aprobó la Convención Constitucional solo podría aplicarse a conflictos entre miembros de un mismo pueblo originario y los afectados siempre tendrán la opción de someter el asunto al sistema nacional, según lo que aprobó este viernes la Comisión de Sistemas de Justicia.

Se trata de una nueva propuesta votada (aprobada por 11 votos a favor, 7 en contra y 1 abstención) luego de que la norma original no alcanzara los 2/3, y que volverá a buscar el respaldo en el pleno entre la próxima semana y la subsiguiente.

No obstante, la comisión rechazó otro de los puntos polémicos: la indicación que circunscribía los sistemas de justicia indígena a "aquellas materias que la ley establezca expresamente" y especificaba que "en ningún caso podrán conocer de asuntos penales" recibió 9 votos a favor y 10 en contra.

Entre quienes no la respaldaron están los dos convencionales de Pueblo Constituyente, Daniel Stingo (FA), Manuel Woldarsky (Coord. Plurinacional), las dos convencionales de MSC, Rodrigo Logan (Col. del Apruebo), los dos convencionales de escaños reservados y Hugo Gutiérrez (PC). Así, no se incluirá en el informe de reemplazo, pero podrá volver a presentarse en el pleno.

Lo que sí se incluirá en el informe es una norma del Col. Socialista, INN, escaños reservados, MSC, FA y Pueblo Constituyente que especifica que las impugnaciones deducidas en contra de las decisiones de la jurisdicción indígena serán conocidas y resueltas por la Corte Suprema, en sala especializada y "asistida por una consejería técnica integrada por expertos en su cultura y derecho propio, en la forma que establezca la ley", que recibió apoyo de 16 convencionales, 1 rechazó y 1 se abstuvo.

Los detalles del Consejo de la Justicia


En el debate sobre el diseño del Consejo de la Justicia se argumentó que era necesaria una mayor cantidad de jueces en su integración, e incluso la posibilidad de que el presidente de la Corte Suprema lo presidiera.

No obstante, solo se corrigió la propuesta en cuanto a lo primero: ahora se plantea que estará compuesto por ocho jueces elegidos por sus pares -y no seis, como se rechazó en el pleno- , dos funcionarios o profesionales del Sistema Nacional de Justicia elegidos por sus pares; dos integrantes elegidos por los pueblos indígenas en la forma que determine la Constitución y la ley; y cinco integrantes elegidos por el Congreso, previa determinación de las ternas correspondientes por concurso público, a cargo del Consejo de Alta Dirección Pública. Esto se aprobó con 14 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención.

En cuanto a sus funciones, se propone (13-3-2) que además de los nombramientos de los magistrados del sistema nacional (lo que ya está en el borrador de nueva Constitución), se encarguen de adoptar medidas disciplinarias para estos y funcionarios, incluida la remoción; que efectúen una revisión integral de la gestión de todos los tribunales del sistema nacional, lo que "en ningún caso incluirá las resoluciones judiciales"; evaluar y calificar periódicamente el desempeño de los funcionarios del Sistema Nacional de Justicia; y definir necesidades presupuestarias, ejecutar y gestionar recursos del sistema nacional, entre otras.

Duración de jueces de la Corte Suprema


Otra de las definiciones que hizo la instancia fue que la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones "no podrán ser integradas por personas que no tengan la calidad de juezas o jueces titulares, interinos, suplentes o subrogantes" (14-2-3), mientras que antes solo decía "juezas o jueces titulares".

También, que "todos los tribunales estarán sometidos, a lo menos cada cinco años, a una revisión integral de la gestión por el Consejo de la Justicia, que incluirá audiencias públicas, para determinar su correcto funcionamiento, en conformidad a lo establecido en la Constitución y la ley. Esta revisión, en ningún caso, incluirá las resoluciones judiciales" (13-3-2).

En cuanto a la Corte Suprema, la propuesta visada (14-3-2) aumenta la duración del cargo de sus jueces, pues la norma rechazada permitía hasta 12 años, y la que volverá al pleno plantea que serán 14.

También se aprobó sobre las Cortes de Apelaciones que "funcionarán en pleno o en salas preferentemente especializadas", y que sus presidencias serán ejercidas por una persona elegida por sus pares, quien durará´ en sus funciones dos años (16-0-3).

Finalmente, la comisión reemplazó la mención a la "perspectiva de género y paridad" por una "perspectiva interseccional" en la función jurisdiccional, que dice que esta debe ejercerse "bajo un enfoque interseccional, debiendo garantizar la igualdad sustantiva y el cumplimiento de las obligaciones internacionales de derechos humanos en la materia" (13-4-2).