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Derechos de autor se enfrentan hoy a su última oportunidad en pleno de la CC: si no alcanzan 2/3 quedarán fuera del debate

Desde Vamos por Chile insistien en que el artículo debe contener una mención explícita al derecho de propiedad sobre las obras, o podría perjudicar a los artistas y demás creadores.

27 de Abril de 2022 | 14:20 | Por Cecilia Román, Emol.
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El pleno de la Convención votará esta tarde la última propuesta posible sobre derechos de autor.

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Durante esta jornada, la norma sobre el derecho de autor podría llegar al borrador de nueva Constitución si pasa los 2/3 o quedar eliminada del debate constituyente. Esto en el marco de la discusión y votación de la última propuesta posible sobre el tema, proveniente de la Comisión de Sistemas de Conocimiento de la Convención Constitucional.

Esta tarde, el pleno del órgano votará una norma con cuatro incisos: el primero establece que "la Constitución asegura a todas las personas la protección de los derechos de autor sobre sus obras intelectuales, científicas y artísticas, comprendiendo los derechos morales y patrimoniales sobre ellas, en conformidad y por el tiempo que señale la ley, que no será inferior a la vida del autor".

Luego, se consagra que esta Carta Magna "asegura la protección a los derechos de intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, de conformidad a la ley".

Su tercer inciso dice que "las excepciones y limitaciones a estos derechos serán establecidas por la ley y velarán por el ejercicio de los derechos culturales, el goce de los beneficios de los conocimientos y demás derechos fundamentales"; y el último que "el Estado adoptará las medidas necesarias para el fortalecimiento y divulgación del dominio público".

Esto difiere de la norma de la actual Constitución en un punto que, a juicio de los convencionales de Vamos por Chile, es fundamental: no hay mención al "derecho de propiedad" sobre las obras.

La norma actual y las críticas


La Carta Magna vigente consagra que "el derecho de autor comprende la propiedad de las obras y otros derechos, como la paternidad, la edición y la integridad de la obra, todo ello en conformidad a la ley".

"Como ha ocurrido con el espectro radioeléctrico o como ocurre con el derecho de aprovechamiento de agua, esto es una demostración más de una Convención que le trata de hacer el quite ideológico a la fuerza del derecho de propiedad y a la certeza jurídica que da y deja en total desprotección a los artistas", critica Ricardo Neumann (UDI) en conversación con Emol.

Según Neumann, "si bien se consagra una especie de derecho de autor, al no tener el elemento de la propiedad deja absolutamente al arbitrio del legislador de turno que se amplíe, sin las restricciones que tendría el derecho de propiedad, el catálogo de dominio público que no reconocería la justa compensación y reconocimiento de los autores y artistas sobre sus creaciones".

Por ese motivo, Neumann repuso su indicación para establecer entre otras cosas que "este derecho comprende la propiedad del autor sobre sus obras y la protección de los derechos patrimoniales y morales que derivan de su autoría, de acuerdo a las condiciones que establezca la ley".

De acuerdo con otro participante de la comisión que trabajó la norma, Ignacio Achurra (FA), aquello no sería necesario.

"Las agrupaciones de artistas, creadores, investigadores, han apoyado esta norma. Así que nos parece que las aprensiones respecto a la mención explícita de la propiedad intelectual no son atingentes en el entendido de que ya tenemos una norma general sobre derechos de propiedad y que los derechos de autor se enmarcan dentro tanto de los derechos culturales, como dentro de la dimensión de la propiedad", opina Achurra en conversación con este medio.

La relación con el acceso a la cultura


La discusión también se mezcló con las declaraciones de la ministra de las Culturas, Julieta Brodsky, quien en una entrevista a mediados de abril opinó sobre el trabajo de la Convención y remarcó que los derechos de autor solían enfrentarse con el derecho de acceso a la cultura, lo que fue sumamente criticado por ChileActores y otros artistas.

En cualquier caso, la postura de la ministra es compartida por algunos convencionales de izquierda en el órgano constituyente. Y en ese marco, la redacción de la norma en la comisión intentó "equilibrar" las posturas e incluye dos incisos claves para ese sector, el tercero y cuarto.

El primero establece que estos derechos tendrán excepciones establecidos por ley y que deberán velar por el ejercicio de los derechos culturales, el goce de los beneficios de los conocimientos y otros derechos fundamentales. El cuarto, en tanto, aborda la obligación del Estado de fortalecer el dominio público.

Además, el convencional Francisco Caamaño (Pueblo Constituyente), repuso indicaciones que se volverán a votar esta tarde que buscan profundizar esa línea. Por ejemplo, una establece que "el Estado promueve un equilibrio entre la protección de los derechos morales y materiales que les correspondan a los autores, y el acceso abierto a los conocimientos y a la cultura, y a gozar de sus beneficios".

"Hay una falsa dicotomía: tenemos consagrados derechos culturales, entre otros el de participación. Los derechos de autor en ningún caso van en detrimento del acceso a los conocimientos y a las creaciones, sino que todo lo contrario, constituyen un sistema de derechos culturales que es virtuoso y por lo tanto esperamos que se consagre, tal como tenemos consagrados ya esos derechos culturales", responde Achurra.

En esa línea, Neumann refuerza que para que el acceso a la cultura y el derecho de autor sean complementarios, debe existir el derecho de propiedad expreso.

"El acceso tiene que estar limitado con la garantía que da la propiedad a los autores para que este acceso no termine violando los derechos de protección que hasta hoy tienen", concluye el convencional.