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Convención: Pleno rechaza artículos que crean la Comisión Territorial Indígena y el Consejo de Justicia

Tampoco alcanzó los votos necesarios la norma que regula la instalación de la Corte Constitucional.

02 de Junio de 2022 | 23:55 | Redactado por Ignacio Guerra, Emol
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Una serie de normas relativas al nuevo sistema de justicia y a la creación de la Comisión de Tierras Indígenas fueron rechazadas este jueves por el pleno de la Convención Constitucional, en el marco de la votación del primer informe enviado por la comisión de Normas Transitorias.

De esta forma, las normas volverán a dicha instancia para ser revisadas y enviar una nueva propuesta al pleno del órgano.


Uno de los artículos que no alcanzó los votos necesarios fue el que establece que, "desde la entrada en vigencia de esta Constitución, el Tribunal Constitucional no podrá conocer nuevas causas. Los requerimientos de inaplicabilidad ya radicados en el Tribunal Constitucional, deberán ser conocidos, tramitados y fallados por este órgano dentro de los seis meses siguientes".

La misma norma sostiene que "la Corte Constitucional debera´ instalarse dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente Constitucio´n. Su organización y funcionamiento se sujetará a las disposiciones de esta Constitución y de forma supletoria por el Decreto con Fuerza de Ley N°5, de 2010, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. El proyecto de ley que regule la Corte Constitucional y sus procedimientos deberá ser remitido al Poder Legislativo dentro de los sesenta días siguientes desde la entrada en vigencia de esta Constitución y tendrá prioridad en la implementación de la nueva institucionalidad".

Junto con esto, se rechazó el punto que indica que "toda la normativa dictada con anterioridad a la actual Constitución que sea necesaria para la continuidad de la actividad del Estado y sus servicios y el debido aseguramiento de los derechos fundamentales mantendrá su vigencia mientras no sea expresamente derogada, modificada o sustituida, o bien, mientras no sea declarada contraria a la Constitución por la Corte Constitucional de acuerdo al procedimiento establecido en esta Constitución".

Asimismo, por no obtener los votos suficientes volvió a comisión el artículo que indica que "dentro del plazo de dos años desde la entrada en vigencia de esta Constitución, deberá dictarse la ley sobre el Consejo de Justicia".

Por último, se rechazó que "dentro del plazo de un año desde la entrada en vigencia de la nueva Constitución, el Presidente de la República creará por decreto la Comisión Territorial Indígena, garantizando su debido financiamiento estatal, infraestructura, asistencia técnica y administrativa. La Comisión tendrá un plazo de funcionamiento de ocho años, renovables por cuatro años adicionales, no pudiendo extenderse por más tiempo sin la habilitación legal respectiva cuando el interés de los pueblos así lo requiera".
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