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Columna de opinión: Derechos constitucionales

La clave de todo esto es el equilibrio. Un puñado de derechos sociales puede imponer tales gravámenes que acaben ahogando la libertad individual; pero a la vez si esta última se exacerba, acabaríamos perdiendo la noción de que vamos en el mismo barco y que somos parte de una comunidad.

10 de Junio de 2022 | 08:17 | Por Carlos Peña
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La Segunda
Una de las quejas frecuentes de quienes leen la propuesta constitucional es la de que ella abunda en derechos y carece de deberes. El proyecto constitucional nos envolvería entonces en una ilusión, la ilusión de un mundo sin obligaciones.

¿Es correcta esa queja? Para saberlo es imprescindible dar un vistazo a lo que significa tener un derecho y, más aún, lo que significa tener un derecho fundamental.

Habitualmente pensamos que tener un derecho es estar dotado de un título para exigir algo, un beneficio o algo material que nos favorece. Y así el ejemplo más claro de ese uso de la palabra “derecho” se encuentra al describir la situación del vendedor: que él tenga el derecho al precio quiere decir que alguien debe pagarle. En este caso, que podríamos llamar clásico, el derecho siempre tiene como correlato un deber de prestación.

Pero hay casos en los que tener un derecho no significa necesariamente contar con un deber correlativo en el sentido que alguien deba efectuar una contraprestación o darnos un beneficio. Por ejemplo, el derecho de los padres a educar a sus hijos es más bien una potestad normativa o si usted quiere un derecho-deber. Si usted es padre, tiene el derecho de educar a sus hijos en el sentido que nadie debe impedírselo; pero también tiene el deber de hacerlo.

En fin, hay otros casos en los que tener un derecho equivale a disponer de una inmunidad, de una esfera de acción protegida frente a la injerencia de los demás. El caso más obvio de esta situación es la libertad de conciencia o la libertad religiosa.

Por supuesto, todos esos casos imponen deberes generales en un sentido amplio (el deber de entregar el beneficio en el primero; de ejercerlo en el segundo; de omitir injerencia en el tercero), de manera que la idea de que hay multitud de derechos en el proyecto de carta constitucional y casi ningún deber es errónea. Se suma a ello que también llamamos derecho a las libertades en sentido estricto (o a la facultad de hacer todo aquello que la ley no prohíbe según definía la libertad Spinoza) que también imponen ciertos deberes, el principal de los cuales es el de respetar los límites puesto que, como decía Kant, las libertades se limitan o contienen recíprocamente.

Así entonces en vez de quejarse porque hay pocos deberes (algo que, como vemos, es un simple mal entendido) es mejor, a la hora de revisar el proyecto constitucional, cerciorarse de que estén, de la forma debida, los derechos que deben estar. Y para verificarlo, usted puede hacer el intento de responder dos preguntas distintas: ¿está garantizada la autonomía individual? ¿Trasluce el catálogo de derechos la idea de que somos miembros de una comunidad?

Kant, en alguno de sus textos, llama la atención acerca del hecho de que los seres humanos poseemos, dice, una “sociable insociabilidad”, es decir, pertenecemos a una comunidad, a una sociedad o a un grupo; pero al mismo tiempo somos individuos que en una amplia gama de asuntos queremos ser dejados solos. En razón de lo primero, en tanto miembros de la comunidad, queremos participar (para eso están los derechos políticos) y esperamos que los bienes comunes nos alcancen (y de ahí que deben existir derechos sociales); en razón de lo segundo, en tanto individuos, queremos que haya ámbitos de la vida que escapen al Estado y a la injerencia de las otras personas (y por eso una buena Constitución debe contar con derechos civiles y amplias libertades).

Por supuesto, la clave de todo esto es el equilibrio. Un puñado de derechos sociales puede imponer tales gravámenes que acaben ahogando la libertad individual; pero a la vez si esta última se exacerba, acabaríamos perdiendo la noción de que vamos en el mismo barco y que somos parte de una comunidad.

¿Está presente ese equilibrio en el proyecto que se someterá a la ciudadanía? Esa es la pregunta que usted, como ciudadano responsable, debe hacerse a la hora de leerlo, revisarlo y decidir si merece se le apruebe o se le rechace.

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