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La titánica tarea del Estado para implementar el catálogo de derechos sociales planteados

Si el texto constitucional que se plebiscita es aprobado, el Gobierno tendrá hasta dos años para enviar al Congreso los distintos proyectos de ley para materializarlos. Los exigentes plazos impuestos por la Convención para la tramitación, además de la magnitud de los recursos fiscales que se requerirán, surgen como desafíos.

03 de Septiembre de 2022 | 07:44 | Por Alexandra Chechilnitzky, Crónica Constitucional
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El 19 de octubre de 2021, dos años después del estallido social, la comisión de Derechos Fundamentales de la Convención sesionó por primera vez. La instancia más numerosa del órgano, integrada por 33 constituyentes, tenía la misión de escribir los artículos que concentrarían las demandas sociales, para lo cual había un consenso al menos entre las colectividades de centroizquierda e izquierda: Chile debía ser un Estado social y democrático de derecho, con una mayor presencia del Estado.

Así, la Convención diseñó un capítulo de Derechos Fundamentales con 109 artículos, 28% del total del texto, en los cuales hay al menos 50 derechos, el doble de los que actualmente establece el artículo 19 de la Carta constitucional vigente y con una fuerte presencia del Estado.

De esa manera, si la propuesta de texto se aprueba este domingo, el Estado se verá obligado a implementar este extenso catálogo y la capacidad que tendrá para esto —y que lo escrito no se transforme en letra muerta— se mantiene como interrogante.

Según un análisis del Centro de Estudios Públicos (CEP), la implementación de la Carta requeriría de entre 8,9% (escenario bajo) y 14,2% del PIB (escenario alto) durante diez años. Pero no se trata solo de la implementación, pues el artículo 20 de la propuesta obliga al Estado a adoptar las medidas necesarias para lograr "de manera progresiva la plena satisfacción de los derechos fundamentales" y que ninguna de esas medidas podrá tener "un carácter regresivo".

¿Podrán los privados participar en la provisión de estos derechos? Es otra de las interrogantes. En la Convención se discutió ampliamente que solo el Estado debía cumplir ese rol y, aunque no quedó explícito, se mantienen las dudas.

Por ejemplo, la Constitución vigente establece en materia de salud y seguridad social que es deber del Estado garantizar estos derechos, ya sea a través de "instituciones públicas o privadas". Y en educación, precisa que "la libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales".

La propuesta plantea la creación de un Sistema Nacional de Salud que podrá contar con prestadores públicos y privados, cuyo financiamiento será administrado por un "órgano público", con lo cual las isapres, tal como se las conoce, dejarán de existir.

Respecto de seguridad social, el texto dice que la ley establecerá un sistema público financiado por trabajadores, empleadores y el Estado, y que estos recursos "no podrán ser destinados a fines distintos", lo que al menos transformaría el funcionamiento de las aseguradoras privadas si la ley permite su existencia.

Y sobre educación, la propuesta explicita que "se garantiza la libertad de enseñanza" y se crea un Sistema Nacional de Educación, integrado por establecimientos creados o reconocidos por el Estado, los que deberán respetar los principios de cooperación, no discriminación, inclusión, justicia, participación, solidaridad, interculturalidad, enfoque de género y pluralismo. Esto último ha generado dudas de un sector que plantea que proyectos educativos distintos a los que dictamine el Estado no podrán seguir existiendo.

Nuevos derechos


Al catálogo, la propuesta suma la vivienda, una demanda que había surgido de manera transversal. Pero expertos han sido claros en que esto no quiere decir que se termine el déficit habitacional, que hoy supera los 600 mil hogares y que se va al alza. Según el estudio del CEP, se requeriría una inversión adicional de entre 1,19% y 1,67% del PIB.

Otros nuevos derechos en la propuesta son al deporte, al ocio, a la alimentación sana y adecuada, al intercambio de semillas tradicionales, a un mínimo vital de energía asequible y segura, al agua, a la privacidad, y derechos sexuales y reproductivos. Es quizás este último el más controvertido, pues busca garantizar la "interrupción voluntaria del embarazo", lo que si bien deberá ser regulado por ley, convertiría a Chile en el primer país en darle rango constitucional a una norma de este tipo.

El reconocimiento de cuidados y del trabajo doméstico es otro de los nuevos derechos establecidos. La propuesta dice que “toda persona tiene derecho al cuidado", para lo que se establecería un Sistema Integral de Cuidados estatal con financiamiento "progresivo, suficiente y permanente".

Según datos del Banco Central realizado con cifras de 2020, los llamados trabajos no remunerados aportaron un 25,6% al PIB ampliado. Según el mismo estudio del CEP, el gasto promedio de los países OCDE es de 1,5%, mientras que en Chile alcanza al 0,1% del PIB, lo que, de aprobarse la Constitución, debería ser de entre 0,77% y 1,06%.

Fin al recurso de protección


Para que los ciudadanos puedan reclamar el cumplimiento de los derechos, la propuesta termina con el recurso de protección y lo reemplaza por la acción de tutela. A diferencia del recurso de protección, que se presenta ante las cortes de Apelaciones, la tutela se presentaría en los tribunales de instancia que determine la ley, lo que ha sido cuestionado por dos puntos. El primero es respecto de los plazos, ya que actualmente los tribunales de instancia están atestados y si bien la propuesta dice que se les debe dar prioridad, esto podría implicar retraso en otras acciones judiciales que tramitan estos tribunales. Lo segundo es la experiencia de quienes revisarán dichas causas.

Otra de las dudas es la norma transitoria vigésima séptima, que establece plazos para la implementación y que han sido catalogados de poco realistas. Esta dice que el Presidente deberá presentar proyectos de ley para implementar los "Sistema de Seguridad Social y Sistema de Cuidados, en el plazo de 12 meses; Sistema Nacional de Salud, en 18 meses; y Sistema Nacional de Educación, Sistema de Educación Pública y Sistema Integrado de Suelos Públicos", en 24 meses, y que el Congreso deberá tramitar estos proyectos en máximo dos años.

Y si bien esto obliga a que antes del 2026 deban estar todos estos proyectos de ley tramitados, por un lado, nada garantiza que el Congreso pueda cumplir con estos plazos, y por el otro, nada impide que, en la práctica, dicha legislación plasme una gradualidad en la implementación de estos derechos sociales que pueda ir más allá de lo que los convencionales esperaban.

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