El Consejo de Defensa del Estado (CDE) se refirió este lunes al fallo absolutorio emitido por el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago en favor de Jesús Zenteno, quien era acusado de incendiar el Hotel Principado de Asturias en el contexto del estallido social.
La institución indicó que el veredicto dictado por la instancia judicial "hace referencia a los delitos imputados por los hechos ocurridos el 12 de noviembre de 2019, esto es como autor del ilícito de incendio que afectó a inmuebles cercanos al Hotel Principado".
En ese sentido, Jesús Zenteno permanece bajo condición procesal por sucesos acontecidos el 14 de noviembre: "
Mantiene sus condenas por los hechos relacionados a la ley de Control de Armas".
"De acuerdo con los hechos de esta causa, el 10 de mayo de 2021 el TOP conociendo del respectivo juicio oral dictó sentencia condenatoria respecto de los 3 imputados, por los delitos de la ley de control de armas, por los hechos ocurridos el 12 y 14 de noviembre, fijando penas privativas de libertad efectivas", agregó el CDE.
"Se desestimó la concurrencia del delito de incendio", subrayó el Consejo de Defensa del Estado. La razón radicó en que las pruebas presentadas a la Fiscalía carecían de legalidad, según sostuvo el tribunal.
En detalle, Zenteno, junto con otros dos imputados -Benjamín Espinoza y Matías Rojas- fueron condenados, con sentencia firme del Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago por los delitos contemplados en la ley de control de armas, a penas privativas de libertad.
De esta forma, el 28 de junio de 2022, la instancia judicial condenó a Zenteno a seis años de presidio como autor de dos delitos de elaboración de artefactos incendiarios y un delito de arrojar artefacto incendiario.