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Se puede decretar toque de queda: Qué significa el estado de catástrofe para O'Higgins, Maule y Biobío por sistema frontal

El Jefe de Defensa Nacional quedará a cargo de la administración de cada región, con la atribución de restringir reuniones, locomoción y de requisar bienes.

21 de Agosto de 2023 | 16:04 | Por Leonardo Vallejos, Emol
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Presidente Boric determinó estado de catástrofe para las regiones de O'Higgins, Maule y Biobío.

El Mercurio
"Les comunico que he instruido declarar estado constitucional de catástrofe de O'Higgins a Biobío. Esto permite una mayor facilidad y fluidez de los recursos, teniendo todos los resguardos necesarios".

Ese fue el anuncio realizado este lunes por el Presidente Gabriel Boric debido a la emergencia por el sistema frontal que está afectando con fuerza a la zona centro sur del país.

¿Qué significa esto?


El estado de catástrofe lo puede decretar el Presidente o Presidenta de la República en caso de calamidad pública. Se puede decretar para todo el país o para una zona determinada, como en este caso en las regiones de O'Higgins, Maule y Biobío.

La Constitución y la Ley N°18.415, Orgánica Constitucional de Estados de Excepción, regulan su aplicación. El Presidente o Presidenta de la República dicta el Estado de Catástrofe mediante decreto supremo, también firmado por los ministros del Interior y de Defensa Nacional.

Esta medida comenzará a regir desde la publicación del decreto en el Diario Oficial y dura un máximo de 90 días. El Presidente de la República podrá solicitar nuevamente su prórroga o su nueva declaración si subsisten las circunstancias que lo motivan.

Ya una vez decretado el estado de catástrofe, las zonas respectivas quedarán bajo la dependencia inmediata del Jefe de la Defensa Nacional que designe el Presidente de la República. Este asumirá la dirección y supervigilancia de su jurisdicción con las atribuciones y deberes que la ley señale.

¿Qué medidas se pueden adoptar en estado de catástrofe?


- Toque de queda

- Restringir las libertades de locomoción y de reunión.

- Disponer requisiciones de bienes.

- Establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad.

- Adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad.

Atribuciones del Jefe de Defensa Nacional


1) Asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona, para los efectos de velar por el orden público y de reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad nacional que haya dado origen a dicho estado. Controlar la entrada y salida de la zona declarada en estado de catástrofe y el tránsito en ella y dictar medidas para la protección de las obras de arte y de los servicios de utilidad pública, centros mineros, industriales y otros.

2) Ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población en la zona y controlar la entrada y salida de tales bienes.

3) Determinar la distribución o utilización gratuita u onerosa de los bienes referidos para el mantenimiento y subsistencia de la población de la zona afectada.

4) Establecer condiciones para la celebración de reuniones en lugares de uso público.

5) Impartir directamente instrucciones a todos los funcionarios del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la zona, con el exclusivo propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública.

6) Difundir por los medios de comunicación social las informaciones necesarias para dar tranquilidad a la población.

7) Dictar las directrices e instrucciones necesarias para el mantenimiento del orden en la zona.

8) Las demás que le otorguen las leyes en su calidad de tal.

¿Quiénes serán los Jefes de Defensa?


- O'Higgins: Juan Solari Valdés, Brigada Aérea del Ejército.

- Maule: Por definirse

- Biobío: El comodoro de la Armada, Daniel Muñoz, quien está desde el 13 de noviembre del 2022 como Jedena en la zona por el estado de excepción constitucional.
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