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Corte Suprema ratifica que es aplicable la ley de transparencia a corporación cultural de las Condes

La máxima instancia consideró que la entidad condina puede ser encuadrada a la Ley de Acceso a la Información Pública, dado que son organismos creados para el cumplimiento de la función administrativa.

29 de Agosto de 2023 | 19:45 | Redactado por B. Blanco, Emol
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La Corte Suprema acogió el recurso de queja presentado por el Consejo para la Transparencia, que buscaba dejar sin efecto la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago frente a un reclamo de ilegalidad presentado por la Corporación Cultural de Las Condes ante la entrega de información sobre balance de comprobación y saldo del año 2021 y cálculo de caja inicial del presupuesto del año 2022.

En primera instancia, el tribunal de alzada acogió el reclamo de ilegalidad presentado por la Corporación Cultural de Las Condes, frente a la entrega de "información sobre balance de comprobación y saldo del año 2021 y cálculo de caja inicial del presupuesto del año 2022 correspondiente a la Corporación Cultural de Las Condes".

"La decisión de la Corte Suprema va en el mismo sentido de lo que la comisión del presidente Boric para temas de fundaciones y corporaciones anunció este lunes. Lo bueno es que ya no hay que esperar nada. Empiezan a regir desde ya estas medidas"

Francisco Leturia
Según el Consejo para la Transparencia, el fallo del máximo tribunal confirmó que a la corporación municipal le es aplicable la Ley de Transparencia.

Para el presidente del Consejo para la Transparencia Francisco Leturia, "el criterio de la Corte Suprema es definitivo. Y no debe extrañar; es de máximo sentido común. Dice que las platas públicas no pueden quedar sin control. Y señala que el mecanismo de crear una entidad independiente, como, por ejemplo, una corporación municipal, no puede ser un truco para quedar fuera del control de la ley de transparencia ni de la contraloría".

Además, indicó que "con esto queda definitivamente zanjado el asunto. Todas las corporaciones municipales quedarán sometidas al CPLT, lo que es una gran noticia para Chile y para el combate a la corrupción".

Por último, el presidente del CPLT, agregó que "la decisión de la Corte Suprema va en el mismo sentido de lo que la comisión del presidente Boric para temas de fundaciones y corporaciones anunció este lunes. Lo bueno es que ya no hay que esperar nada. Empiezan a regir desde ya estas medidas".

La corporación cultural de Las Condes deberá entregar la información en un plazo de 5 días hábiles, desde su notificación, de lo contrario se arriesga al inicio de una investigación sumaria.

Fue el pasado 31 de mayo del año pasado, cuando el CPLT ordenó a la entidad cultural condina entregar información sobre el balance de comprobación y saldo del año 2021 y cálculo de caja inicial del presupuesto del año 2022. Esto para efectuar una revisión en torno al modo en que se ha aplicado la Ley de Transparencia.

El 27 de octubre, la Corte de Apelaciones acogió un recurso de ilegalidad presentado por la Corporación Cultural, concluyendo que no se trata de una corporación municipal como tal, sino de una concesión de personalidad jurídica. No obstante, la Corte Suprema consideró que la organización permite encuadrarla, sin lugar a dudas, en el inciso 1° del artículo 2 de la Ley de Acceso a la Información Pública, no en la forma extensa que propone el CPLT, sino que, en concreto, dentro de la expresión: y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa".
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