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Debate por el sistema político: Los cambios que se proponen en el texto para enfrentar la fragmentación y dar la gobernabilidad

Desde un umbral del 5% para que los partidos puedan tener escaños en el Congreso y la rebaja del número de diputados en la Cámara, son parte de las innovaciones de la propuesta que será plebiscitada el 17 de diciembre.

02 de Diciembre de 2023 | 07:09 | Por María Cristina Romero, Emol
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El propuesta de texto constitucional será plebiscitada el 17 de diciembre.

Aton Chile/ Archivo.
Aunque no ha estado entre los temas centrales de la campaña, para muchos observadores los cambios al sistema político que incorpora la propuesta de nueva Constitución son uno de los principales avances del texto. Esto bajo la idea de terminar con la fragmentación política y la crisis de gobernabilidad de los últimos años.

El tema fue sin duda motivo de amplios debates en la Comisión Experta y en el Consejo Constitucional, donde se trabajaron varias normas que buscaban hacer más exigentes los requisitos para los partidos políticos y el Congreso. Tema planteado como una necesidad imperante.

En su carta publicada el viernes por El Mercurio, Sebastián Edwards, aborda cuál sería el origen de aquel desequilibrio en el sistema político: "A la pregunta vargasllosiana, '¿En qué momento se jodió Chile?', se le puede dar una respuesta precisa: el 27 de abril de 2015, cuando se reemplazó un sistema político que fomentaba entendimientos y acuerdos por uno que promovía la fragmentación y la polarización". Lo anterior en alusión a la promulgación de la ley que sustituía el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional.

Apuntando a la norma que establece un umbral del 5%, Soledad Bertelsen, profesora e investigadora Polis, Observatorio Constitucional de la Universidad de los Andes, comentó hace unas semanas en EmolTV que era "muy difícil que a través del Congreso, que son los incumbentes digamos, ellos modificaran esas leyes que les benefician para estar ahí sentados. Entonces, se considera que es un tema crucial para el proceso constituyente algo que es muy difícil de modificar solo vía reforma constitucional y si es un problema real vigente".

Umbral del 5%


Buscando combatir la fragmentación de los partidos políticos presentes en el Congreso, se estableció un umbral del 5%. La norma señala que "solo los partidos políticos que alcancen, al menos, el cinco por ciento de los votos válidamente emitidos, a nivel nacional, en la elección de los miembros de la Cámara de Diputadas y Diputados respectiva, tendrán derecho a participar en la atribución de escaños en dicha Cámara".

Sin embargo, se fijaron algunas excepciones para este requisito, por ejemplo, la regla "no se aplicará al partido que tenga escaños suficientes para sumar como mínimo ocho parlamentarios en e Congreso Nacional, entre los eventualmente elegidos en dicha elección parlamentaria y los senadores que continúan en ejercicio hasta la siguiente elección. Los votos obtenidos por los partidos políticos que no obtengan escaños, conforme a las reglas anteriores, se asignarán a los partidos del pacto que sí cumplan con los requisitos".

En segundo lugar, en las disposiciones transitorias también se apunta a una gradualidad en la norma. Así se señala que en la primera elección desde la entrada en vigencia de la Constitución, "los partidos políticos deberán obtener al menos el cuatro por ciento de los votos válidamente emitidos a nivel nacional o tener escaños suficientes para sumar como mínimo cuatro parlamentarios en el Congreso Nacional, entre los eventualmente electos en dicha elección parlamentaria y los senadores que continúan en ejercicio hasta la siguiente elección".

Pero además se les dará otra opción a los partidos políticos en una misma lista o pacto electoral que no hayan alcanzado el umbral. Según se precisa, éstos "podrán fusionarse para acceder a la atribución de escaños en la Cámara de Diputadas y Diputados si la suma de los votos válidamente emitidos a nivel nacional por cada uno de los referidos partidos políticos es suficiente para alcanzar el porcentaje requerido". O bien podrán fusionarse con un partido que si haya alcanzado el 5%.

Redistritaje y rebaja de diputados


Otro tema que fue objeto de discusión fue el redistritaje propuesto en el texto con cambios en la Cámara de Diputados, achicando los distritos.

De este modo, se precisa que la Cámara "estará compuesta por miembros elegidos en distritos plurinominales. En cada uno de estos distritos se elegirán entre dos y seis escaños, de acuerdo con un sistema previamente establecido por la ley electoral".

Lo más llamativo fue la rebaja del número de diputados desde los actuales 155, eliminándose en total 17 cupos. Con ello, se propone que la Cámara quede integrada por 138 diputados.

Partidos políticos


El texto también trae varias referencias sobre los partidos políticos, así se estipula que "los partidos políticos, movimientos u otras formas de organización cuyos objetivos, actos o conductas no respeten los principios básicos del régimen democrático, como asimismo aquellos que hagan uso de la violencia, la propugnen o inciten a ella, serán declarados inconstitucionales. Corresponderá al Tribunal Constitucional conocer y juzgar estas materias".

Además, se establece que "los partidos políticos deberán adoptar mecanismos de dirección y supervisión para prevenir infracciones a la probidad y transparencia, en conformidad con la ley institucional".

Del mismo modo, se habla de que "cesará en sus funciones el diputado o senador que renuncie al partido político que hubiera declarado su candidatura".

Pueblos indígenas y paridad


Aunque la propuesta no incorpora escaños reservados, sí se habla de que "la ley podrá establecer mecanismos para promover la participación política de los pueblos indígenas en el Congreso Nacional".

Otro tema que fue objeto de gran debate, fue la paridad, así en primer lugar al inicio del texto se establece que "la ley asegurará el acceso equilibrado de mujeres y hombres a las candidaturas a cargos de elección popular, así como su participación en condiciones de igualdad en los distintos ámbitos de la vida nacional. El Estado garantizará el ejercicio de la participación política de las mujeres".

Además, se reincorporó una paridad transitoria de la propuesta de la Comisión Experta, donde se habla de que al año siguiente a la entrada en vigencia de esta Constitución, se ingresará un proyecto de ley donde "el mecanismo corregirá la distribución y asignación preliminar de escaños, en elecciones de diputados y senadores, cuando algún sexo supere el sesenta por ciento de los electos en los respectivos actos".

"El mecanismo operará primero respecto de los candidatos del sexo sobrerrepresentado que hubieren recibido la menor votación en el pacto electoral o lista menos votada. La ley procurará evitar la reasignación desde los candidatos que hubieren resultado preliminarmente electos en las listas o pactos electorales con mayor votación", sostiene el texto.

Esto cesará tras las dos elecciones parlamentarias siguientes a la entrada en vigencia de la ley "o bien, si antes del referido plazo en una misma elección parlamentaria, de no haber mediado su aplicación, fuere lograda la proporción señalada".
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