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Cómo la defensa de Cathy Barriga justificó "improcedencia" de solicitud de prisión preventiva: "Es madre cuidadora"

Durante la segunda jornada de formalización contra la ex alcaldesa, la Fiscalía solicitó prisión preventiva. De todas formas, mañana será el día en que el tribunal revisará las cautelares.

17 de Enero de 2024 | 19:38 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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Cathy Barriga, ex alcaldesa de Maipú.

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Una extensa exposición hizo esta tarde uno de los abogados de la ex alcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, para justificar la "improcedencia" de la solicitud de prisión preventiva que hizo la Fiscalía en contra de la imputada por fraude al fisco y falsificación de instrumento público.

El abogado Marcelo Hadwa sostuvo en esta segunda jornada de formalización, que la cautelar de prisión preventiva no se justificaría, entre otras cosas, porque no existe peligro de fuga, porque se trata de una persona conocida, y porque es madre cuidadora.

"Uno de los intereses que hace cambiar el juego, y que lleva a no aplicar la prisión preventiva; el primero de ellos, es el interés superior del niño. En el caso de mi representada, es madre de tres hijos, y es cuidadora de dos de esos hijos, uno ya es mayor de edad, pero uno de esos niños tiene un cuadro médico del cual ya nos hemos referido, ya mandamos información al tribunal", comenzó señalando el abogado.

Luego, agregó que "lo que sí puedo decir, es que mi representada, tiene la calidad de madre cuidadora, no es una situación que se pueda reemplazar, ni se pueda decir 'se queda el padre con el hijo', no, es una situación, y más allá de eso no me voy a extender, a petición de la propia familia, pero es madre cuidadora y cumple un rol fundamental para el desarrollo y el interés fundamental de ese niño e incluso, respecto del otro niño".

Respecto a eso, el abogado hizo referencia a las Reglas de Bangkok, "porque esta regla la ha aplicado la Corte Suprema, incluso la Corte de Apelaciones", sostuvo. En esa línea, leyó que: "la regla de Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de libertad para las mujeres delincuentes señala que al dictar sentencia sobre medidas previas al juicio respecto de una mujer embarazada o de una persona que sea la fuente primaria única de cuidados de un niño, se debería dar preferencia a medidas no privativas de libertad cuando se trate de delitos graves o violentos", argumentó.

También mencionó otra regla, donde señala que incluso "un breve periodo en la cárcel", podría resultar riesgoso para el niño que está al cuidado.

La audiencia de formalización continuará mañana a partir de las 9.30 horas en el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago.
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