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Perseguirá el crimen organizado y delitos de alta complejidad: Así será la nueva Fiscalía Supraterritorial

Hoy se promulgó la nueva entidad especializada que funcionará al interior del Ministerio Público. Estará a cargo de un fiscal jefe de exclusiva confianza del fiscal nacional.

25 de Enero de 2024 | 12:48 | Redactado por María Cristina Romero, Emol
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En la imagen la ministra del Interior, Carolina Tohá, junto al fiscal nacional Ángel Valencia y el titular de Justicia, Luis Cordero.

Aton Chile.
La reforma constitucional que crea una nueva entidad especializada en investigar delitos de alta complejidad al interior del Ministerio Público, fue promulgada este jueves por el ministro de Justicia, Luis Cordero y la titular del Interior, Carolina Tohá. Se trata de la Fiscalía Supraterritorial, la cual ayudará al combate contra el crimen organizado.

Al respecto, el ministro Cordero destacó que "la reforma que hoy se promulga implica un rediseño en la forma que hemos conocido el Ministerio Público y particularmente la figura del fiscal nacional", agregando que "la necesidad de contar con una estructura que permita la persecución criminal eficaz de asociaciones delictivas y criminales en el ámbito supraterritorial o transnacional es esencial".

Por su parte, el fiscal nacional, Ángel Valencia, comentó que "la dirección de una investigación penal por una fiscalía con competencia nacional, con la coordinación cooperativa de las investigaciones de distintas fiscalías regionales resulta necesaria para enfrentar adecuadamente esta criminalidad". Expresó, más tarde, que espera que antes de que finalice este 2024, la nueva entidad este operando en el país.

En tanto, la ministra Tohá sostuvo que "este proyecto va a a requerir ahora de una ley específica que lo haga efectivo y tener una tramitación rápida en el Parlamento era una pieza fundamental para que prontamente tengamos a disposición esta nueva institucionalidad dentro de la Fiscalía que nos permita enfrentar los nuevos fenómenos que hoy nos preocupan".

¿Cuáles serán su implicancias?


En concreto, la nueva Fiscalía Supraterritorial implicará un cambio sustancial en el diseño organizacional, de investigación y persecución penal que existe hasta hoy, en lo que respecta al rol del Fiscal Nacional.

Esta se distancia de la lógica de distribución regional del Ministerio Público para dotar a este organismo autónomo de un mecanismo moderno para la persecución de ilícitos complejos, en línea con los sistemas de persecución criminal de otros países que han enfrentado desafíos ligados al crimen organizado.

Además, el fiscal jefe del nuevo órgano será de exclusiva confianza del fiscal nacional, manteniéndose en su cargo mientras cuente con ella, sin perjuicio de serle aplicable el límite de edad de 75 años, y la solicitud de remoción en los términos del artículo 89 de la Constitución.

Esta nueva repartición permitirá que el fiscal nacional pueda impartir instrucciones particulares al fiscal jefe de la nueva Fiscalía Supraterritorial, relativas a las investigaciones que se encuentren a su cargo, lo que permitirá contar con un liderazgo centralizado, requerido en razón de la naturaleza de estas causas y su extensión territorial.

La nueva ley dota al Ministerio Público de una herramienta especializada y con gran amplitud territorial, para que pueda enfrentar de manera permanente aquellos ilícitos cuyas características suponen una problemática para el modelo regionalizado del ente persecutor.

Las contiendas de competencia que se susciten entre las fiscalías regionales y la fiscalía supraterritorial, serán resueltas por el fiscal nacional. Junto con esto, el Fiscal Supraterritorial tendrá a su cargo fiscales adjuntos.

Además, el fiscal jefe de la Fiscalía Supraterritorial deberá dar cumplimiento a las instrucciones particulares que imparta el fiscal nacional en las investigaciones de delitos de crimen organizado o de alta complejidad que estén a su cargo.

Quien sea nombrado en el puesto, deberá tener a lo menos diez años de título de abogado, haber cumplido 35 años de edad, poseer las calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio, y cumplir con las condiciones de conocimiento y experiencia en litigación en asuntos penales que serán determinados de acuerdo a la ley orgánica constitucional.
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