Diputados de oposición ingresaron este viernes un requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC) para pedirle que se declare inconstitucional el inciso 2 del artículo 12 sobre educación no sexista, contenido en el proyecto de ley sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, despachado el miércoles por el Congreso.
La iniciativa fue suscrita en forma individual por 54 diputados de las bancadas de Republicanos, la UDI, RN, PGD y el Partido Social Cristiano, quienes representan más de la cuarta parte de los miembros en ejercicio de la Cámara.
Esto, pues según explican desde la oposición, el inciso de la también llamada ley integral de violencia de género sería contrario a la libertad de enseñanza y el derecho de los padres a escoger la educación de sus hijos.
"Los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán promover una educación no sexista y con igualdad de género y considerar en sus reglamentos internos y protocolos la promoción de la igualdad en dignidad y derechos y la prevención de la violencia de género en todas sus formas", se lee en el proyecto de ley.
La diputada Chiara Barchiesi (Republicanos) explicó a este medio que "acudimos al TC porque el artículo 12 inciso segundo del proyecto de ley, a nuestro juicio, vulnera la libertad de enseñanza y el derecho de los padres a educar a sus hijos. El TC ya se ha pronunciado sobre esto, señalando que la expresión 'no sexista' no es una calificación de contenido neutral, porque da cuenta de una cosmovisión que no necesariamente es compartida por muchas familias y colegios escogidos por los padres para complementar la educación de sus hijos".
Asimismo, el diputado Frank Sauerbaum (RN) precisó que "creemos que el TC debe señalar que esta obligación de programas de educación no sexista y con perspectiva de genero se adentra en un ámbito de la libertad de los padres y de los colegios de elegir un proyecto educativo de acuerdo a sus propias convicciones".
"Consideramos que no es justo ni correcto, que una ley que pretende dar protección especial a las mujeres sea instrumentalizada para promover la ideología de género. Ejerceremos todas las facultades que nos otorga el ordenamiento jurídico, para proteger a las familias de Chile de injerencias abusivas de parte del Estado. Es nuestra obligación proteger a la niñez, que lamentablemente está siendo vulneradas en sus derechos", apuntó la diputada Francesca Muñoz (PSC).
Argumentos de la oposición
En el texto al que tuvo acceso Emol, los diputados argumentan que el "proyecto de ley, amparándose en la loable y necesaria intención de proteger a las mujeres, atenta directamente contra el deber y derecho preferente de los padres a educar a sus hijos y la libertad de enseñanza", contraviniendo la Constitución.
Con ello, sostienen que "la disposición impugnada adolece de un vicio por contravención de la libertad de enseñanza, en un doble sentido. Primero, al imponer a todos los establecimientos educacionales con reconocimiento oficial un enfoque único y excluyente en la educación sobre la persona y su sexualidad".
Además, precisan que "es igualmente inconstitucional en cuanto todos los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente tienen el deber -como se explicó en el acápite anterior de preferir la 'convicción' moral y antropológica del Estado por sobre la de sus propios proyectos educativos y la de los padres. Lo anterior vulnera simultáneamente el derecho de los padres a educar a sus hijos —como ya se ha visto— así como su derecho a escoger el establecimiento de enseñanza que quieren para ellos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 N° 11 de la Constitución".
Adicionalmente, sostienen que "la norma vulnera el artículo 5° inciso segundo de la Constitución, en cuanto el Estado vulnera derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, y que son recogidos en forma expresa por tratados internacionales de derechos humanos vigentes en Chile: el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos".
A su juicio, "resulta claro que la imposición de una educación 'no sexista' constituye una categoría que al no caber en ninguno de los límites objetivos señalados anteriormente, es de suyo contraria al texto constitucional en lo que respecta a la libertad de enseñanza".