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"Violación de secreto": Los delitos por los que la fiscalía busca formalizar al director general de la PDI

Esto, luego de que se concretaran allanamientos en dependencias de Sergio Muñoz, máxima autoridad de la policía civil. Todo ello, en el marco del caso Audio.

15 de Marzo de 2024 | 11:16 | Por B.Olivares Nieto, Emol
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Esto, producto de que las indagatorias de la fiscalía Oriente en marco del caso Audios.

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Allanamientos al domicilio y oficina del director general de la Policía de Investigaciones (PDI), Sergio Muñoz, fueron realizados la mañana de hoy viernes por el personal de OS-7 de Carabineros.

Esto, producto de que las indagatorias de la fiscalía Oriente en marco del caso Audio, donde se peritó el teléfono celular del abogado Luis Hermosilla, imputado en la causa, desde donde se habría recuperado información que involucraría a la máxima autoridad de la policía civil en hechos constitutivos de delitos.

En concreto, la sede del Ministerio Público al oriente de la capital solicitó formalizar a Muñoz por el delito de Infracción artículo 31 de la Ley 19.913 e Infracción artículo 246 del Código Penal.

Qué dice la ley


Primero, la Ley 19.913 crea "la Unidad de Análisis Financiero" (UAF) y modifica "disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos". En su artículo 31 se señala que en delitos referidos en esta ley serán "siempre secreta para los terceros ajenos al procedimiento y también para los terceros afectados por una investigación preliminar del fiscal".

Por lo anterior, "el que entregue o difunda información de cualquier naturaleza acerca de antecedentes de la investigación incurrirá en la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo".

"Esta prohibición y sanción se extenderá a los funcionarios que hubieren participado en la investigación y a todo aquel que, de cualquier modo, informe, difunda o divulgue información relativa a una investigación e, incluso, al hecho de estarse realizando ésta", completa el artículo.

En tanto, el artículo 246 del Código Penal ("Violación de secretos") se indica que "el empleado público que revelare los secretos de que tenga conocimiento por razón de su oficio o entregare indebidamente papeles o copia de papeles que tenga a su cargo y no deban ser publicados, incurrirá en las penas de suspensión del empleo en sus grados mínimo a medio o multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales, o bien en ambas conjuntamente".

La fiscalía Oriente solicitó fecha y hora para formalizar a la máxima autoridad de la PDI.
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