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¿Cómo procedería Chile ante la CPI?: Ex cancilleres detallan alcances de recurrir al tribunal por Caso Ojeda

Esto, luego que la ministra Carolina Tohá afirmara que, de comprobarse la vinculación de Diosdado Cabello con el secuestro y homicidio, acudirán a la instancia internacional.

24 de Enero de 2025 | 06:01 | Por Daniela Toro, Emol.
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De izquierda a derecha, ex cancilleres: Mariano Fernández, Heraldo Muñoz, Teodoro Ribera e Ignacio Walker.

Emol.
"Hay cosas evidentes que haríamos, una vez que esto tenga una confirmación, que es recurrir al Tribunal Penal Internacional. Otras decisiones ciertamente va a haber que ponderarlas también en su momento".

Con esas palabras, la ministra del Interior, Carolina Tohá, dio cuenta ayer de las eventuales acciones que tomará el Estado en el caso que se confirme -judicialmente- lo señalado horas antes por el fiscal nacional, Ángel Valencia respecto a la muerte de ex teniente venezolano, Ronald Ojeda y la eventual orden de ejecución del crimen, por parte de Diosdado Cabello.

El líder del Ministerio Público afirmó en Tele13 Radio que "hay tres personas que declaran en la investigación que atribuyen el encargo a autoridades del gobierno venezolano y a lo menos una de esas personas (...) manifestaría que el encargo y el pago habría venido del señor Diosdado Cabello".

La advertencia es valorada por ex cancilleres, quienes afirman que una acción de este tipo va en "la línea correcta", en caso de que se compruebe que Cabello, ministro del Interior del régimen de Nicolás Maduro y quien es denominado como el "número dos" del chavismo, ordenó el secuestro y homicidio de Ojeda, crimen que tuvo lugar el pasado el 21 de febrero de 2024.

En conversación con Emol, las ex autoridades desglosan las implicancias de que Chile acuda a la instancia internacional, el tipo de acusación que se podría cursar y los pasos que se deben seguir.

Respaldo a anuncio de Tohá


El ex canciller Mariano Fernández comenta que "la opinión de la ministra es muy razonable. Actualmente, Venezuela no garantiza una justicia independiente para perseguir crímenes como el cometido contra Ronald Ojeda, menos aún cuando el gobierno dictatorial de Nicolás Maduro aparece como el primer sospechoso".

"(...) Si se llegara a comprobar la participación del gobierno venezolano, (también) habría que romper relaciones diplomáticas".

Ex canciller Ignacio Walker
"Justamente, la Corte Penal Internacional se constituyó para tratar estos casos y son los Estados afectados quienes pueden exigir un proceso en la Corte. El caso de Chile sería clarísimo", afirma.

Por su parte, el ex titular de RR.EE., Heraldo Muñoz, comenta que "estoy de acuerdo con la Ministra Tohá. En caso que se compruebe que Diosdado Cabello ordenó el secuestro y homicidio del Teniente Ojeda, Chile debería recurrir a la Corte Penal Internacional (CPI)".

De hecho, añadió, "Chile debería solicitar ahora a la Fiscalía de la CPI que investigue eficazmente a Nicolás Maduro por las denuncias en su contra por delitos de lesa humanidad".

En la misma línea, el ex canciller Ignacio Walker aseveró que "si se llegara a comprobar la participación del gobierno venezolano en el asesinato del ex teniente Ojeda, habría que recurrir forzosamente a la Corte Penal Internacional y en ese sentido, creo que la ministra del Interior, Carolina Tohá, está en lo correcto".

"Es más, si se llegara a comprobar la participación del gobierno venezolano, habría que romper relaciones diplomáticas", apunta.

"Habría que discutir si el crimen fue o no de lesa humanidad"


En tanto, el ex canciller Teodoro Ribera, enfatiza en que "si efectivamente las autoridades venezolanas solicitaron a grupos armados la muerte de Ojeda en Chile, eso es una violación a la soberanía chilena clara y flagrante".

"Lo que habría que discutir y justificar es que el asesinato del ex teniente Ojeda fue o no un crimen de lesa humanidad. Quiero señalar que un asesinato no necesariamente, aunque tenga fundamentos políticos, puede calificar para llegar a la Corte Penal Internacional".

Ex canciller Teodoro Ribera
No obstante, detalla que la Corte Penal Internacional (CPI) tiene competencias limitadas y específicas para perseguir a individuos responsables de algunos crímenes que específicamente se señalen en el tratado en el Estatuto de Roma.

"Y en este caso lo que habría que discutir y justificar es que el asesinato del ex teniente Ojeda fue o no un crimen de lesa humanidad. Quiero señalar que un asesinato no necesariamente, aunque tenga fundamentos políticos, puede calificar para llegar a la Corte Penal Internacional, sino que se trata de crímenes que por su envergadura, por su sistematicidad, por su gravedad, pueden llevarse hasta este tribunal", detalla.

En ese caso, señala, "lo que tendrían que hacer las autoridades chilenas es justificar que este asesinato es cometido por órdenes de un país extranjero y llega a constituir un crimen de lesa humanidad".

Chile en la CPI


En el caso de que el Estado de Chile decidiera proceder respecto al crimen de Ojeda, debe presentar antecedentes ante la fiscalía de la CPI en La Haya; luego de la investigación, los jueces adoptan una decisión que, en caso de una sentencia condenatoria, y los estados parte deben cumplirla, arrestando al culpable en caso se encuentre en su territorio.

En 2009, Chile se convirtió en el 109° Estado en incorporarse al Tribunal Penal Internacional, en una ceremonia realizada en la sede de las Naciones Unidas, en Nueva York.

De esa manera, el país confirmó su voluntad de que los autores de graves crímenes tipificados por el Estatuto de ese Tribunal, como el genocidio, los crímenes de guerra y de lesa humanidad sean juzgados debidamente, contribuyendo con ello a evitar la impunidad.

El Tribunal Penal Internacional (también conocido como Corte Penal Internacional) tiene su sede en La Haya, Países Bajos, y es el único órgano que tiene jurisdicción en el mundo con carácter permanente para juzgar los crímenes antes mencionados y que contribuye al mismo tiempo a garantizar el respeto de los derechos humanos.

El tribunal es de carácter autónomo y está regido por el Estatuto de Roma. Entró en plena vigencia en julio de 2002, tras ser ratificado por los sesenta países requeridos para ese efecto.