La Corte Suprema revocó la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago del 17 de septiembre, que había declarado inadmisible un recurso de amparo a favor de Daniel Jadue (PC).
La acción presentada ante el tribunal de alzada estaba dirigida en contra de la resolución del 3° Juzgado de Garantía de Santiago, dictada el 28 de agosto, que, en el contexto de la audiencia de cautela de garantías por el caso denominado como Farmacias Populares, rechazó dejar sin efecto el cierre de la investigación.
Sobre ese contexto, el pasado 12 de diciembre, el Tribunal Calificador de Elecciones acogió la apelación presentada por RN para dejar fuera del padrón electoral al exalcalde de Recoleta para competir por un cupo en la Cámara de Diputados.
Esto, luego de que el exjefe comunal fuese investigado por delitos de fraude al fisco, estafa, cohecho y delito concursal en el marco del mencionado caso.
Así las cosas, la Corte Suprema dictó ayer una resolución revocando la determinación de la Corte de Apelaciones de Santiago. "En su lugar se dispone que aquélla (la acción de amparo) es admisible, debiendo una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones antes señalada darle la tramitación que en derecho corresponda, a fin de pronunciarse derechamente sobre el amparo deducido", ordenó el máximo tribunal del país.
El pronunciamiento es de la Segunda Sala de la Corte Suprema, y la resolución fue firmada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y María Teresa Letelier, la ministra suplente María Catepillán y el abogado Eduardo Gandulfo.