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Corte confirma condena a recinto asistencial por negligente intervención oncológica

El Instituto Nacional del Cáncer deberá pagar una indemnización de $30 millones.

03 de Diciembre de 2025 | 14:16 | Redactado por B. Olivares Nieto, Emol
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Instituto Nacional del Cáncer.

La Segunda.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condena al Instituto Nacional del Cáncer a pagar una indemnización de $30 millones por concepto de daño moral a una paciente oncológica, quien debió ser reanimada a raíz de un procedimiento médico negligente.

En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Hernán Crisosto, la ministra María Paula Merino y el abogado (i) Cristián Parada– ratificó íntegramente la sentencia impugnada, dictada por el 22° Juzgado Civil de Santiago.

El tribunal de primera instancia condenó al centro asistencial por negligencia médica en intervención en que desgarró la vena cava de la paciente, lo que le provocó dos episodios de shock hipovolémico que requirieron de reanimación e ingreso a la UTI, con ventilación mecánica.

"Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que esta Corte comparte", consigna el fallo.

"Por estas consideraciones, se confirma la sentencia apelada de veintisiete de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago, en causa (...), con costas del recurso", ordena.