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Convivientes podrán ser carga en Fonasa

La reforma en marcha busca terminar con la discriminación que sufren los hombres.

15 de Mayo de 2006 | 15:45 |
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El género del cotizante no tendrá importancia a la hora de incluir las cargas familiares dentro del sistema público de previsión de salud. Ahora también las mujeres que coticen en Fonasa podrán incluir a sus maridos o parejas como carga familiar.

Con esta iniciativa se pretende terminar con la "discriminación" que existe para los hombres dentro del sistema público de previsión, quienes sólo pueden acceder a los beneficios de salud siendo ellos los cotizantes.

Tampoco la falta de una unión legal de la pareja será impedimento para estar dentro del sistema, pues tanto hombres como mujeres que coticen en Fonasa podrán incluir a su conviviente como carga familiar, situación que pretende revertir la desprotección en la que viven cientos de mujeres en Chile.

La concreción de estas iniciativas -que son parte de la agenda 2006 de Fonasa- requiere de una modificación a la Ley 18.469, que regula la afiliación en el sistema. Estaría lista para su aplicación en enero de 2007.

Fonasa junto con el Ministerio de Salud llevan varios meses analizando la mejor alternativa para corregir la ley e incluir a esta clase de beneficiarios, que se estima que serían alrededor de 400 mil personas.

El nuevo director de la institución, Hérnan Monasterio, explicó que existen dos alternativas de trabajo. La primera es solicitar al Ministerio del Trabajo y Previsión Social la modificación del DFL 150/81, de tal forma que las mujeres que perciban asignación familiar puedan tener como carga a sus parejas sin necesidad de modificar la ley. La otra sería introducir una modificación directa a la ley 18.469.

"Todo esto es para dar igualdad ante la ley. Actualmente, una mujer que está casada puede ser carga de su marido, mientras que una pareja de hecho no puede tener la misma condición", dijo Monasterio.

A fin de que no haya engaño ni abuso del beneficio -por ejemplo, que se incorpore como carga a una persona que no es la pareja del afiliado- se estudia exigir algunos requisitos.

El afiliado tendrá que presentar una declaración jurada suscrita ante notario, donde se acredite su estado civil. El trámite se realiza directamente en alguna de las sucursales de la institución.

A ello, se suma la declaración de dos testigos que certifique el vínculo de la pareja, la que también tiene que ser notarial. Otro requisito es que los convivientes tengan al menos tres años juntos.

El beneficio termina si la pareja se separa. Para ello, se tiene que acreditar el rompimiento de la relación. El procedimiento que se utiliza es similar al anterior, pero en este caso son el afiliado y su pareja los que tienen que presentar una declaración jurada ante notario.

Otra de las políticas que implementará Fonasa durante este año es la atención integral a las víctimas de agresión física por parte de sus parejas. Esto comprende asistencia psicológica y médica, además de las prestaciones asociadas a su tratamiento, como exámenes, cirugía y rehabilitación.

El proyecto pretende que exista un seguimiento tanto psicológico como físico de estas mujeres dentro de la atención institucional, que sea gratuito para las mujeres de menores ingresos y con un pequeño copago para los otros grupos.
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