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Condenados por parar boda familiar al escupir y amenazar a novios

La sentencia señala que "sabiendo que no eran bien recibidos", lo normal hubiera sido que no acudieran o que o se hubieran colocado en un lugar discreto de la basílica.

11 de Abril de 2005 | 18:44 | EFE
VALENCIA.- La Audiencia de Valencia (este) ha condenado a un hombre y a su hermana a pagar sendas multas de 75 euros (unos 88 dólares) por interrumpir la boda de su hija y sobrina, respectivamente, al escupir y amenazar a los novios durante la ceremonia, que se celebraba en la basílica Virgen de los Desamparados de esta ciudad.

Según una sentencia hecha pública hoy por la sección primera de la Audiencia Provincial, los hechos sucedieron el 17 de septiembre del pasado año cuando los acusados, R.P.B. y V.P.B., padre y tía de la novia, entraron a la basílica por la puerta lateral una vez iniciada la ceremonia de enlace, a la cual no habían sido invitados.

Los procesados se situaron de pie frente a los contrayentes en un lugar próximo al altar y, transcurridos unos minutos, la mujer escupió dos veces en dirección a los novios y los padrinos.

Este hecho obligó a la novia a solicitar al sacerdote que interrumpiese la ceremonia, lo que hizo que la acusada abandonara la basílica, relata la sentencia.

Sin embargo, su padre permaneció donde estaba "en actitud desafiante", miró hacia su hija y su ex esposa y realizó el gesto "de que les iba a cortar el cuello", tras lo cual abandonó la iglesia y el acto se pudo reanudar.

Durante el juicio, los acusados reconocieron que no estaban invitados a la boda por las malas relaciones que mantenían con sus familiares y alegaron que querían presenciar la boda y que decidieron acudir al templo al tratarse de un lugar público, pero negaron haber cometido los delitos de los que se les acusa.

Al respecto, la sentencia señala que "sabiendo que no eran bien recibidos", lo normal hubiera sido que no acudieran o que o se hubieran colocado en un lugar discreto de la basílica.

"Pero no se contentaron con ello y decidieron adoptar un protagonismo que no les correspondía al ubicarse en un lateral del templo, próximo al altar y enfrente de los contrayentes", subraya el tribunal, que añade que no dieron ninguna explicación a lo sucedido "porque saben que fueron ellos los que dieron lugar al altercado".

La Audiencia considera a la acusada responsable de una falta de vejación injusta y a su hermano de una falta de amenazas, por las que, además de sendas multas de 75 euros, deberán indemnizar al matrimonio con 300 euros (unos 360 dólares).
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